Al menos dos de los lugares requisados funcionan en el centro de la ciudad. De acuerdo a lo que pudo saber Diario CASTELLANOS de fuentes irreprochables, las actuaciones se sustancian en el Juzgado Federal de Rafaela y estarían relacionadas a la comisión de presuntas infracciones a la Ley de Régimen Penal Cambiario, tras una denuncia concretada e impulsada por el Banco Central de la República Argentina.
La misma, en su Art 1º indica que: Serán reprimidas con las sanciones que se establecen en la presente ley: a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones; b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto; c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio; d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas; e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor; f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre el régimen de cambios.
El Régimen Penal Cambiario es el que aplica sanciones de multa y prisión. La particularidad es que el BCRA actúa, hasta ahora, como un juez de instrucción. Aquí es donde el Gobierno quiere darle mayor poder a la entidad, para imponer control y castigo.
Delitos cambiarios
Son delitos cambiarios: Operar sin estar avalado; Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio; La omisión de rectificar las declaraciones producidas y efectuar los reajustes correspondientes si las transacciones reales resultasen distintas de las denunciadas.
En tanto la infracción cambiaria es la contravención administrativa a la normatividad cambiaria vigente en el momento de la ocurrencia de los hechos a la cual le corresponde la imposición de una sanción de carácter económico.
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