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Sucesos

Libertad con medidas alternativas a autores de un abigeato calificado ocurrido en Angélica

Lo decidió el Juez de la IPP Javier Bottero quien había decretado la prisión preventiva por el término de 30 días en setiembre pasado.
Agrandar imagen La audiencia se desarrolló vía Zoom
La audiencia se desarrolló vía Zoom

En horas de la tarde de este viernes, bajo la presidencia del Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Bottero, se desarrolló una audiencia de revisión de prisión preventiva. En este caso el magistrado había dictado la medida en setiembre pasado por el término de 30 días, haciendo lugar parcialmente a lo requerido en aquel momento por el fiscal Juan Manuel Puig, quien había imputado a Lucas Maximiliano D.; Roberto Alan Gabriel N.; Lucas Sebastián R.; y David Jesús S., por el delito de Abigeato calificado por la pluralidad de partícipes (tres o más) en grado de tentativa, hecho ocurrido en un campo de la zona rural de la localidad de Angélica en el que los imputados habían sustraídos cuatro terneros aunque finalmente fueron detenidos por personal policial de distintas dependencias de la Unidad Regional V y por efectivos de la Guardia de Seguridad Rural "Los Pumas" con asiento en Bella Italia.

Recordamos que entre las personas que resultaron detenidas el día del hecho había una menor de 17 años quien por disposición del Juzgado de Menores de nuestra ciudad primero resultó aprehendida, luego trasladada a dependencias policiales donde le notificaron sobre la causa iniciada y le ordenaron la permanencia obligatoria en su domicilio.

En primer lugar el fiscal Puig reiteró el pedido que se mantenga la prisión preventiva teniendo en cuenta que ya se presentó, por parte del Ministerio Público de la Acusación, la acusación y el pedido de elevación a juicio de la causa, teniendo ya fecha la audiencia preeliminar. Además agregó que uno de los encartados ya había cometido un hecho similar en el mes de enero de 2022, recordando que para dos de los encartados solicitará pena de cumplimiento efectivo por el término de tres años y medio; en tanto para los otros dos solicitará tres años también efectivos.

A su turno la defensora de dos de los acusados rechazó la solicitud fiscal de revisar el plazo de prisión preventiva impuesto en setiembre pasado por el juez, debido a que ese pedido debe hacerse recién a los noventa días de aplicada la medida. Agregó que como la fiscalía ya realizó la acusación no pueden interferir en la investigación ya que la misma -supuestamente- está terminada. Y agregó que sus defendidos no tienen antecedentes penales ni condenatorios y parece excesivo que solamente por este hecho vaya a juicio y, más aún, tenga una pena de cumplimiento efectivo. Finalmente pidió para sus clientes la libertad bajo el cumplimiento de medidas alternativas.

Por su parte el Dr. Ezequiel Gramoy manifestó su desacuerdo con el agravante de la participación de una menor ya que no se estableció que la misma tuvo una participación activa en el hecho. Y agregó que la sola presencia de la misma en el sitio donde se produjo el suceso, no significa que ello pueda ser utilizado como un agravante. También Gramoy manifestó estar en desacuerdo con la calificación legal escogida por la parte acusadora y se inclinó porque la misma debe ser robo calificado por el haber sido cometido en despoblado (sin la mención de la banda) en grado de tentativa. Por ello -entre otras cosas- pidió la libertad de sus defendidos bajo el cumplimiento de medidas alternativas.

Por su parte los acusados, alojados en la Alcaidía de la Unidad Regional V, se negaron a declarar.

En tanto también habló la víctima del hecho imputado señalando que considera necesario que sigan detenidos con prisión preventiva ya que con mi empleado participamos de los arrestos y nos sentimos desprotegios si es que ellos recuperan la libertad.

Decisión del juez

Finalmente y tras escuchar a las partes el magistrado indicó que respecto del inciso 1, la materialidad y la autoría de los hechos endilgados no fueron objeto de discrepancias. El Dr. Gramoy disintió con los encuadres legales pero no es este el momento para dar esa discusión. La Dra. Cassina insistió con la ilegitimidad del fiscal para solicitar esta audiencia aunque en este caso voy a compartir la decisión del fiscal en cuanto al pedido. Respecto de los dos hechos imputados el lunes pasado a Soria y Domínguez, los mismos revisten una particularidad. la imputación a Soria fue dos años y nueve meses después de ocurrido; y respecto de lo intimado a Domínguez es del 13 de febrero de 2024, casi ocho meses después por lo que entiendo no pueden servir como justificativos para solicitar la confirmación de la prisión preventiva. En cuánto al inciso segundo que tiene que ver con la pena en expectativa. Acá ya hay una precisión por parte del fiscal quien solicita para Domínguez y Soria tres años y medio y para Reinuaba y Nicola a tres años. Eso nos marca un tope: no podrán ser condenados a una pena mayor, pero sí a una pena de ejecución condicional por lo que se inclumple el inciso segundo. Y en cuanto a los riesgos procesales no se debatió demasiado respecto del peligro de fuga. Dispuse un plazo de treinta días para que el fiscal presente la acusación o avance en un acuerdo con los defensores. Entonces entiendo que ya no hay riesgo de entorpecimiento probatorio y lo que eventualmente podría existir, puede conjurarse con otro tipo de medidas. Por todo ello dispuso medidas alternativas al encierro de los imputados. Van a recuperar la libertad bajo juramento de cumplir estas medidas, de lo contrario, si las incumplen, el fiscal podrá solicitar la revisión de dicha medida.

El hecho

Tal como informábamos en Diario CASTELLANOS, personal de la Subcomisaría Nº 5 de Angélica tomó conocimiento mediante un llamado telefónico de un productor agropecuario, que un automóvil con varios ocupantes había ingresado a su establecimiento rural ubicado a la vera sur de la Autovía 19 y Oeste de la Ruta Nacional 34. El denunciante dijo además que estaban sustrayendo animales vacunos y que los estaba persiguiendo por distintos caminos de la zona rural.

Llegados al lugar, los uniformados se entrevistaron con la víctima e inmediatamente irradiaron la novedad a las dependencias de la Unidad Regional V, como así también a la superioridad policial, respondiendo asimismo personal de PDI Operativa, y de la Guardia Rural “Los Pumas” Sección Bella Italia.

Operativo con resultados

Al tanto de los pormenores de la situación, el jefe de la Unidad Regional V, director de Policía Víctor Hugo Rivero, dispuso se monte un operativo cerrojo y de rastrillaje por las inmediaciones, ordenando el refuerzo con móviles de Agrupación Cuerpos de Rafaela y las dependencias aledañas.

No había pasado mucho tiempo cuando se informó que personal de la Subcomisaría Nº 5 de Angélica había procedido a la aprehensión de un joven de 19 años de edad, quien fuera retenido por civiles de la zona.

Tras un intensivo patrullaje por zona rural, personal del Cuerpo Guardia de Infantería procedió a la aprehensión de otros dos sujetos que se encontraban ocultos en un monte de la zona, siendo los mismos dos hombres de 45 y 34 años.

Por otra parte personal de “Los Pumas”, al mismo tiempo había interceptado al automóvil en cuestión y procedieron a la aprehensión de una joven de 17 años, al secuestro del vehículo y de cuatro terneros que habían sustraído momentos antes.

Dieron conocimiento al Fiscal en turno quien dispuso la detención comunicada de los sujetos, por la causa de “tentativa de abigeato”, con su posterior traslado a la Alcaidía de la UR V, y que lo actuado sea remitido a la PDI Operativa para su prosecución.

Con respecto a la menor de edad, la joven de 17 años, “Los Pumas” dieron conocimiento al Juzgado de Menores, el cual dispuso que se labre un acta de permanencia domiciliaria obligatoria y posterior entrega a su progenitora.

Momentos después personal de “Los Pumas” procedió a la aprehensión de otro individuo, sindicado también como autor del presente hecho.

judiciales sucesos Angélica
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