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Sucesos

Caso Spaggiari: dos nuevos detenidos

La investigación y el accionar de la justicia no se detiene aún a pesar de estar vigente la Feria Judicial. En ese marco con órdenes emitidas por la Jueza en turno y por decisión del fiscal Guillermo Loyola la policía requisó dos viviendas y detuvo a dos personas, cuyos apellidos comienzan con las letras C y F.

Este miércoles, en el marco de una investigación que lleva adelante el fiscal Guillermo Loyola denominada Caso Spaggiari por presuntas estafas, se realizaron en nuestra ciudad varios allanamientos que permitieron la detención de dos nuevos presuntos implicados cuyos apellidos comienzan con las letras C y F. Ahora seguramente el representante del Ministerio Público de la Acusación los llevará a audiencia para imputarlo de los delitos señalados.

Recordamos que por esta causa los hermanos Matías y Fernando Spaggiari, junto a la madre de ambos, Mirta Condotto, se encuentran en prisión preventiva, aunque la situación de la mujer fue morigerada con el arresto domiciliario debido a su edad.

Audiencia anterior

El sábado 28 de octubre y por espacio de más de 15 horas se desarrolló la audiencia de medidas cautelares en las que estuvo presente un periodista de Diario CASTELLANOS. En aquella ocasión se publicaba lo siguiente:

Tres de los ocho imputados quedaron en prisión preventiva sin plazo, en el marco de una investigación por asociación ilícita y estafas cometida por el Grupo Inmobiliario Spaggiari. La medida cautelar fue impuesta por el Juez de la Investigación Penal Preparatoria Gustavo Bumaguin, a raíz del pedido formulado por la Fiscalía de Delitos Complejos del Ministerio Público de la Acusación, con la representación del Dr. Guillermo Loyola.

En su relato la fiscalía indicó que todas las víctimas llegaron al grupo a conformar ese fondo común de inversión, porque se enteraron por un familiar, por un amigo, por una recomendación que le dieron para integrarlo, básicamente por medio del “boca a boca”. En la búsqueda de captación de nuevos ahorristas, mostraban folleterías, las empresas, tanto la de fabricación de ladrillos ecológicos como la de aberturas, mostraban sus desarrollos inmobiliarios, y todo permitía expandir una imagen de confianza en el grupo.

La operatoria habría comenzado, si se toman los primeros contratos, en el año 2019. Le ofrecían a la gente altos porcentajes de rendimientos. Por ejemplo, en los contratos de dólares, otorgaban presuntamente un interés que iba entre el 2 y el 3% mensual, (cuando la tasa de interés en el Banco Central como en otras entidades bancarias, el interés anual es del 1.75%). De acuerdo a la cantidad de dinero y a los meses de inversión, esa tasa de interés variaba convirtiéndose aún más seductora. A modo de ejemplo, el MPA explicó que “en un contrato de 12 meses, la gente recibía un rendimiento del 30% o del 36%”; muy por encima de las tasas oficiales, por lo que Loyola se preguntó, “¿cómo las víctimas no se van a ver tentados de obtener esos rendimientos?”.

Asociación Ilícita

En su pormenorizada descripción de la maniobra del grupo, el fiscal Loyola, que había solicitado la prisión preventiva de los ocho imputados, fundamentó que “aunque la asociación ilícita conlleva una pena de 5 a 10 años, es importante recordar que en este caso estamos tratando con acusados que han causado daños irreparables”.

El fiscal también subrayó que en ninguno de los allanamientos realizados se ha encontrado documentación relacionada con los ahorristas o la actividad de la empresa. “Esto sugiere que los acusados han ocultado deliberadamente esta información en los últimos meses, lo que refuerza la sospecha de que han estado involucrados en actividades fraudulentas y engañosas”.

Para comprender el tipo penal que enmarcó la fiscalía, de asociación ilícita, en la misma deben darse tres elementos básicos: la asociación para delinquir, que esté conformada por un número determinado de personas (8 en este caso) y que el propósito que persiga sea causar perjuicio patrimonial a un tercero.

Loyola, entendiendo que estos elementos se daban y es que solicitó las medidas cautelares para garantizar que los acusados no eludan la justicia y que se puedan llevar a cabo las investigaciones pertinentes. "Las víctimas merecen justicia y reparación, y es esencial asegurar que los responsables rindan cuentas por sus acciones".

Ni estafa, ni asociación ilícita

Si bien, los abogados defensores representaron de forma separada a cada uno de sus pupilos. Parte de los doctores enfatizaron y desestimaron la imputación de la fiscalía. Por un lado, la defensa a cargo del Dr. José María Silvela, que representó a Fernando y Matías Spaggiari, acusados de ser los jefes de la Asociación ilícita, Miriam Bravo y Mirta Candotto (acusadas de ser miembros de la asociación), subrayo “nosotros remarcamos que, si bien se trata de una sociedad donde los mencionados son jefes, se refiere a una sociedad de responsabilidad limitada que se encuentra debidamente inscripta y que no persigue el fin de delinquir”.

A su vez, resaltaron que no hubo estafa, sino incumplimiento contractual. Extraoficialmente, CASTELLANOS pudo conocer, que la empresa, cuando comenzó a tener problemas para cumplir con las obligaciones que habían asumido, contrataron a dos profesionales, que les sugirieron ir a la quiebra; pero los imputados para poder cumplir con sus clientes decidieron acudir a un estudio jurídico y realizar acuerdos privados con todos los clientes a los que se les debía y acordar un plan de pago, “la idea era que nadie salga perjudicado”. Al parecer, algunos damnificados habrían aceptado este plan de pagos, mientras que otros procedieron acudir a la Justicia.

Respaldando esta postura, el defensor Dr. Andrés Colón, añadió que “varias personas que hoy se consideran afectadas, han recurrido directamente a la esfera civil, planteando demandas, medidas cautelares, embargos, inhibiciones y todo tipo de acción que pueda tutelar sus legítimos derechos patrimoniales y que hoy justamente no están aquí presentes, por considerar que la única vía legal, como dije anteriormente, idónea y apta. Muchos de los damnificados que no se encuentran en carácter de denunciantes, sino que están canalizando sus acciones mediante la vía civil, como dijimos anteriormente y para el caso de que no se haya escuchado, consideramos que es la vía idónea para lograr percibir la suma”.

“Estamos en presencia de un claro incumplimiento contractual, porque con ese criterio ante el surgimiento de una deuda, todos deberían recurrir a la justicia penal y hacer denuncias porque la otra parte no ha cumplido con lo pactado”, sentenció Colón.

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