Por Martín Lehmann
Matías P. y Cristian M. fueron condenados a 4 años y medio de prisión por el delito de robo. Así lo dispuso el tribunal compuesto por la Dra. Cristina Fortunato, el Dr. Sergio Beceyro y el Dr. José Estévez. De esta manera no se hizo lugar al pedido de la fiscalía que había solicitado se los haga responsables de homicidio en ocasión de robo.
En una audiencia que comenzó puntual y se desarrolló sin sobresaltos, la sentencia fue dada a conocer por la Dra. Fortunato quien leyó: “Condenar a Cristian M. y Matías P. como coautores penalmente responsables del delito de robo (Artículos 164 y 45 del Código Penal) a la pena de 4 años y 6 meses de prisión con las accesorias legales y costas del proceso”.
Aunque todavía no se dieron a conocer los fundamentos del fallo de primera instancia, se intuye que el tribunal no habría encontrado elementos suficientes para concluir que una acción de los enjuiciados haya causado el deceso de Gonzalo Glaría.
El abogado penalista Carlos Farías Demaldé, quien fue defensor de uno de ellos durante toda la investigación hasta la audiencia preliminar, habló con CASTELLANOS acerca de la resolución de los magistrados: “La jueza con un muy bien criterio y con una sana crítica racional resolvió este hecho de la manera más justa. La pena de robo tiene una pena mínima de un mes y un máximo de seis años. Hay muchas circunstancias para analizar y creo que las tuvo en cuenta, como por ejemplo que eran dos los imputados, que las víctimas eran menores de edad y que los elementos no fueron encontrados. Todas esas circunstancias las tuvo en cuenta al momento de fallar”.
Respecto a cómo seguirá la causa, explicó lo que podría ocurrir: “Va a depender del Ministerio Público de la Acusación y de la Defensa Pública la posibilidad de interponer un recurso de apelación porque calculo que cada uno por su parte está disconforme”.
La nota completa en la edición impresa del sábado 12 de agosto.
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