(ÚNICO MEDIO) Iniciada la audiencia con la presentación de las partes, el magistrado le dió la palabra a la fiscal Gabriela Lema quién, en cumplimiento de lo establecido en los articulos 274 y 275 del Código Procesal Penal, en representación del Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Santa Fe, le hizo comocer al acusado los hechos que se la atribuyen, su calificación jurídico penal, las pruebss fundantes de la intimación y los derechos que el Codigo Procesal Penal
le acuerda: En fecha 26 de octubre de 2024, a las 14,30 horas, aproximadamente, en la vivienda ibucada en Av. Ernesto Salva al 2000 de la ciudad de Rafaela. Santiago Andrés M., de 27 años, nacido en la ciudad de Tostado, tuvo una discusión con su pareja fundada en el que encartado quería vender una bicicleta tipo playera colo blanca propiedad de su pareja; y una garrafa de 10 kilos con la finalidad de comprar drogas. Por ello su pareja intentó evitar que el sujeto se apodere de dichos bienes y el mismo le manifestó que "Todo lo que hay acá es mío y puedo hacer lo que quiero". Luego, estando en la vereda, la agarró de los cabellos, la metió dentro de la casa, cerró la puerta con traba, la volvió a agarrar del pelo, y la sacudió por todos lados, golpeándole la cabeza contra la mesa y la mesada, la tiró al piso, y cuando la víctima logró pedir auxilio, el violento se dió a la fuga con los elementos sustraídos en su poder. Como consecuencia del obrar el sujeto, la mujer sufrió excoriación leve en la región externa del musmo izquierdo, hematoma en la región externa del brazo izquierdo, por lo que la víctima solicitó medida de exclusión del hogar y prohibición de acercamiento.
Horas más tarde el sujeto se hizo presente nuevamente en la vivienda de Av. Ernesto Salva al 2000 y siendo la 1,30 horas, previo dañar el marco de la puerta de entrada hasta arrancarla y tirarle al interior de la finca, ingresó a la misma y daño el aparedaor de melamina que se encontraba en la cocina comedor. Posteriormente salió de la casa, juntó unas maderas y provocó el incendio de tres vehículos que se encontraban estacionados en una calle pública a metros de la vivienda, dos autos Renault 19 y una marca Ford Taunus, propiedad de Francisco S. generando de este modo peligro común para los bienes. A la 1,37 horas llegó al lugar personal policial comisionado por el despacho 911 y al verlos, el violento los insultó, les arrojó varios golpes de puño que lograron impactar en los efectivos y se dió a la fuga por el techo hacia los patios vecinos, hasta que se tiró del techo hacia su propio patio cayneo sobre una puerta de vidrio que estalló. Pese a ello el sujeto no deponía su actitud de darse a la fuga cuando personal policial intentó detenerlo, el individuo forcejeó arrojando patadas y golpes de puño para no ser detenido, provocándole lesiones al Subinspector Sergio Videla, escoriación lineal en mano derecha tercer dedo, excoriación en brazo derecho; al Oficial Gustavo Aliprandi escoriación en el curto dedo de la mano derecha; al Suboficial Matías Dovis le ocasionó excoriaciones en mano izquierda y a la Suboficial Mara Mena, excoriaciones en mano derecha y esquimosis en brazo izquierdo.
Todos los hechos imputados fueron desarrollados en un contexto de violencia de género al que el sujeto sometía a su pareja de conformidad a lo establecido por la Ley 26.485
Calificación jurídico penal
Los hechos que se le tribuyen al imputdo son: Robo en concurso real con incendio y con resistencia a la autoridd y este último en concurso ideal con lesiones leves dolosas, todo en calidad de autor y en el marco de lo normado por la Ley 26.485 de protección integran para prevenir, sancional y erradicar las violencias contra las mujeres.
Prisión preventiva
Por todo lo expuesto en ee momento y luego la Fiscal Gabriela Lema. En tanto el defensor, Juan manuel Lovaiza rechazó la solicitado por la fiscalía proponiendo medidas alternativas tales como: 1) Obligación del imputado de someterse al cuidado de una persona que es su progenitor; Obligación del imputado de presentarse ante la autoridad que se designe; prohibición de acercarse a las víctimas por cualquier medio aclarando que una de las víctimas se alejó de la ciudad y reside en la ciudad de Tostado; acompañar a su defendido para que realice un tratamiento contra las adicciones
Decisión del Juez
finalmente y tras escuchar a las partes, el Juez Javier Carlos Bottero resolvió dispones la prisión preventiva por un plazo de 60 días, tiempo suficiente como para que las partes acuerden salidas alternativas. Respecto del turnmo para tratarse por sus adicciones, el sujeto deberá presentarse hoy en el DIAT de Rafaela, parte administrativa a las 15.30.
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