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Sucesos

Robo con inhibidores: medidas alternativas a cordobeses acusados

En una audiencia presidida por la jueza Cristina Fortunato, tras una solicitud de los defensores Federico Scarinci y Ezequiel Gramoy; Lautaro Nicolás F., Ulises Nicolás D. y Julián Agustín M. estaban detenidos acusados de Hurto calificado por uso de llave o instrumento similar en grado de tentativa. Se dispuso que siga preso también un sujeto acusado de hechos de violencia de género.

Durante el transcurso de una audiencia realizada en los Tribunales de nuestra ciudad y presidida por la Jueza de la Investigación Penal Preparatoria, se decidió otorgar el beneficio de la libertad bajo el cumplimiento de medidas alternativas a tres cordobeses identificados como Lautaro Nicolás F.; Ulises Nicolás D; y Julián Agustín M., quienes se encontraban detenidos con prisión preventiva acusados en su momento por el fiscal Martín Castellano, de Hurto calificado por uso de llave o instrumento similar en grado de tentativa, hecho ocurrido en nuestra ciudad el pasado 25 de noviembre.

Lo sucedido

Durante la audiencia de medidas cautelares el fiscal Castellano relató que los cordobeses se organizaron para introducirse en una camioneta VW Amarok que estaba estacionada en calle Marchini, frente a un local comercial, a fin de sustraer artículos de valor que había en el interior.
En pocos minutos los delincuentes -que utilizaron inhibidores de alarmas- se quedaron con más de $ 200.000 que se encontraban en el interior del rodado.
De acuerdo a lo señalado por Castellano, los cordobeses -que se movilizaban en un VW Bora- pasaron frente a la camioneta y decidieron el atraco. Mientras Lautaro F. hacía de campana, Julián M. ingresó al vehículo utilizando el dispositivo electrónico que anuló el cierre de seguridad de la camioneta y la alarma respectiva.
No obstante ello, el robo se frustró porque la víctima salió del comercio y, aunque intentó ser retenido con engaños por el imputado que actuaba como campana, comenzó a gritar y puso en fuga a los otros dos individuos, que subieron al Bora que los esperaba a pocos metros conducido por el tercer acusado y se alejaron rápidamente de la zona y también de la ciudad. Finalmente, los sujetos resultaron detenidos en San Francisco, por la Policía cordobesa tras un pedido de colaboración de sus pares rafaelinos.
Ahora tras el pedido de revisión por parte de los defensores Federico Scarinci y Ezequiel Gramoy la jueza determinó medidas alternativas a la prisión preventiva.

Violento seguirá preso

Quedó en prisión preventiva un sujeto de 31 años que es investigado por delitos cometidos en un contexto de violencia de género en perjuicio de su ex pareja en Rafaela. Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Javier Bottero, en una audiencia que se desarrolló en los Tribunales rafaelinos. La fiscal Ángela Capitanio está a cargo de la investigación y solicitó que el imputado, cuyas iniciales son L.D.T., transite el proceso judicial privado de su libertad. Bottero resolvió de manera oral en la audiencia y dispuso la prisión preventiva por el término de 90 días.

Peligros procesales

"El juez consideró que la reiteración de los ilícitos constituye un claro hostigamiento producido en un contexto de violencia de género", valoró la fiscal. Además, Capitanio remarcó que "el magistrado también entendió que, para el momento de la investigación en el que estamos, existen elementos de convicción para sostener de forma probable que el imputado fue el autor de los hechos atribuidos".
Por otra parte, Capitanio concluyó que "si bien no hay riesgo de fuga, sí es evidente el de entorpecimiento probatorio, ya que el hombre investigado podría ponerse en contacto con la víctima, que es la principal testigo de cargo".

Los hechos

Capitanio relató que "al imputado se le atribuyeron diversos hechos que fueron cometidos entre agosto de 2020 y el sábado 3 de diciembre último, en los que la víctima fue siempre su ex pareja y, por lo tanto, se dieron en un claro contexto de violencia de género".
La Fiscal informó que el primero de los hechos ocurrió a mediados de julio de 2020 en la casa de Rafaela que el hombre investigado todavía compartía con su ex pareja y sus hijos. "En esa ocasión, la mujer le solicitó al imputado que dejara de consumir estupefacientes porque si no lo hacía, perdería a su familia", narró Capitanio y agregó que "él le contestó que si lo denunciaba, iba a quitarse la vida".
El segundo hecho ocurrió en septiembre de este año en la misma casa, aunque el investigado ya no vivía más allí a raíz de que se había terminado la relación de pareja con la víctima.
"Discutió con la mujer y la amenazó diciéndole que la golpearía y que le sacaría el teléfono celular", detalló la Fiscal. "Cuando él se fue de la vivienda, la víctima advirtió que le había sustraído una llave de la casa que estaba colocada en la puerta de ingreso", añadió Capitanio.
El domingo 9 de octubre pasado el hombre investigado volvió a concurrir al domicilio de su ex pareja a pesar de que sobre él pesaba una prohibición de acercamiento dispuesta judicialmente el jueves 22 de septiembre. "Nuevamente, amenazó a la mujer", planteó la Fiscal y puntualizó que "volvió a desobedecer la prohibición judicial de acercamiento en reiteradas oportunidades".
"Las amenazas hacia su expareja fueron constantes", sostuvo Capitanio y aclaró que "en diferentes ocasiones, el imputado intentó abrir las hornallas de la cocina con la intención de quemar la casa".

Ratificaron condena

Los vocales de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de los Tribunales de Vera confirmaron por unanimidad la condena a 20 años de prisión efectiva para Isaías Natanael Gómez como autor material y penalmente responsable del delito homicidio en ocasión de robo.
En los fundamentos de la resolución dictada este miércoles, los camaristas José Antonio Mántaras, Eduardo Bernacchia y Sebastián Creus coincidieron dejar firme la sentencia que había sido apelada por la defensa del joven de 26 años.
El primer voto correspondió al el Dr. Mántaras, que manifestó que luego del amplio y minucioso examen revisor encontró que los agravios contra la sentencia recurrida no lograron "conmover" la solidez de la misma, a la que destacó por "mantener como una construcción atinadamente justa y razonable, manteniendo una concatenación y/o entramado ordenado, coherente y lógico con todos los eslabones indiciarios que convergen en el resultado de culpabilidad frente al quehacer fáctico que se le atribuye al imputado".
Sostuvo además que "la prueba rendida satisface para tener por acreditada su autoría y culpabilidad emergente para la formulación del reproche punitivo", por lo que se expidió por la ratificación del fallo emitido en baja instancia. Sus pares del Tribunal colegiado compartieron su opinión.

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