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Sucesos

Prisión preventiva para el presunto femicida de Fabiana Soledad Luna

La medida cautelar fue resuelta por la jueza Cristina Fortunato, a partir de un requerimiento de la fiscal Ángela Capitanio en una audiencia que se llevó a cabo ayer a la mañana. El imputado tiene 22 años y se le endilgó haber matado a la víctima en un contexto de violencia de género y haberle robado 3.000 pesos. Los ilícitos fueron cometidos el miércoles de la semana pasada en un camino rural.

Quedó en prisión preventiva un joven de 22 años identificado como Agustín Antonio L., que es investigado como autor del femicidio de Fabiana Soledad Luna, cometido en nuestra ciudad. Así lo ordenó la jueza de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Cristina Fortunato, en una audiencia que se desarrolló ayer a la mañana en los Tribunales locales. La fiscal Ángela Capitanio está a cargo de la investigación y solicitó que el imputado transite el proceso judicial privado de su libertad. La magistrada dispuso la prisión preventiva durante todo el proceso.

La imputación

Recordamos que en la audiencia imputativa la fiscal Ángela Capitanio relató qué: "En fecha 31 de agosto de 2022, en el horario comprendido aproximadamente entre las 15.13 y las 15.25 horas, Agustín L. trasladó en su motocicleta marca Keller 110 c.c. de color rojo, dominio 667 HGN, a Fabiana Soledad Luna hasta el costado de un camino de tierra paralelo a la Ruta Nacional 34, a la altura del kilómetro 227, a unos cuatrocientos metros aproximadamente hacia el norte de la intersección del Camino Público Nº 5 de esta ciudad de Rafaela, y una vez allí, actuando con pleno conocimiento y voluntad respecto de sus actos y el resultado, provocó la muerte de la misma que se produjo por estrangulamiento mediante la utilización de un cordón de zapatilla que le ocasionó un surco completo alrededor de la parte superior del cuello. Dicho accionar, el imputado lo realizó para consumar el apoderamiento ilegítimo de la suma de tres mil pesos ($ 3.000) aproximadamente que la víctima tenía en su poder. Se le atribuye este hecho en un claro contexto de violencia de género evidenciando una desigualdad de poder entre las partes, que encuadra dentro de lo normado por la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres".
Capitanio señaló en virtud de lo relatado que la calificación jurídico penal escogida es "Homicidio calificado Criminis Causa y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio), en concurso real con robo, en calidad de autor".

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