El juez Mudry será el encargado de revisar el fallo en el que se dispuso el sobreseimiento de Alfredo Sadonio de la causa que investiga el homicidio de Hugo Oldani.
Este martes en la Cámara de Apelaciones se realizará la audiencia en la que la Fiscalía de Homicidios insistirá en que el bioquímico Alfredo Sadonio debe continuar ligado a la investigación por el crimen del empresario Hugo Oldani. La audiencia será a las 8:30 y será presidida por el juez de Cámara Fabio Mudry.
Sadonio es asistido por los abogados Martín Durando y Gonzalo Fuentes en la causa que tramitan los fiscales Gonzalo Iglesias y Ana Laura Gioria; en la audiencia ante Mudry, el MPA será representado por el fiscal Jorge Nessier. En tanto, el abogado Romeo Díaz Duarte es el abogado querellante de la familia Oldani, quien también apeló el sobreseimiento.
El bioquímico Alfredo Sadonio estuvo diez días preso como supuesto cerebro del asalto que terminó con el homicidio del empresario Hugo Oldani. Se dijo que había más de 560 llamadas que lo incriminaban. Pero estas llamadas nunca existieron y se trató de un error de los investigadores.
¿Falta de pruebas?
Alfredo Sadonio fue sobreseído por decisión del juez Octavio Silva el 22 de febrero, quien consideró que el fiscal Gonzalo Iglesias no aportó una prueba que conecte a Sadonio con la banda que planificó y asaltó el local donde estaba Oldani, en el cual funcionaba, además de una empresa de turismo, una cueva financiera. El bioquímico había sido detenido e imputado en 2020 como supuesto autor intelectual del robo al local de Oldani. En su momento el personal del Organismo de Investigaciones (OI) estableció que el bioquímico había tenido un cruce de llamadas con el otro imputado que tiene el crimen: Andrés «Andresito» Kaipl. Sin embargo, esas supuestas «llamadas» nunca existieron ya que tal vinculo se dio a partir de un «error de la carga de datos». En el fallo que será revisado por Mudry, el juez Silva consideró que «no solo no hay una imagen, un elemento objetivo o algún indicio indubitable, que ubique temporalmente a Sadonio en la escena del hecho al momento de su ejecución, en sus alrededores o en la casa donde se ocultaron luego de su comisión, sino que claramente, además, Sadonio y aquellos eran absolutos desconocidos».
«Resulta impensable suponer que Sadonio o cualquier otra persona común y corriente, se reúna (a la mañana) por puro azar o casualidad, con cuatro desconocidos (los coimputados Damiani, Kaipl, Ruffino y Figueroa) y en la vía pública y en contados minutos, concuerde y se involucre con éstos en semejante empresa criminal, a ejecutarse ese mismo día, a las pocas horas del encuentro», resaltó el juez en un tramo del fallo. Silva también sostuvo que tampoco existió (o existe) un vínculo entre el bioquímico y la víctima del caso. «No existe una sola imagen de Sadonio
en tal escenario, no se acreditaron comunicaciones o agendamientos entre ellos, contrataciones de viajes o documentación comercial o financiera que los relacione», destacó. El juez se refirió también al reconocimiento negativo de Damiani sobre Sadonio y calificó el hecho como una «categórica evidencia» desincriminatoria. « A pesar de haber estado personalmente Sadonio al alcance de su vista, en un marco de resguardo y condiciones adecuadas de realización, Damiani no lo conoce, no lo ha visto antes y ni puede identificarlo por su fisonomía», señaló.
«El relato de un coimputado, que no conoce los datos de identidad y tampoco reconoció a la persona, en cuanto cimiento de la postura incriminatoria, se encuentra absolutamente desacreditado -en lo relativo a Sadonio-, por la ninguna o baja calidad de su información y por la ausencia de otros medios de corroboración», destacó. En otro tramo del fallo, el magistrado opinó sobre el «identikit» que el fiscal Iglesias tuvo en cuenta para ordenar la detención de Sadonio y el cual fue elaborado en base a la declaración de Damiani cuando declaró en la causa. Sobre el mismo, Silva sostuvo que fue confeccionado por un área de investigación que «incurrió en diversas irregularidades y suspicacias» anteriores a la causa. Como, por ejemplo, «informar que existían (600) llamadas o entrecruzamientos entre Sadonio y Andrés Kaipl u otras personas involucradas en el hecho, que posteriormente fueron descartadas por inexistentes bajo el argumento de un error humano en la carga del sistema».
Cómo fue el crimen de Hugo Oldani
El 11 de febrero de 2020 cuatro personas llegaron hasta la galería Rivadavia a bordo de un Toyota Corolla blanco. Tres de ellos se bajaron: Agustina González y Cristian Figueroa ingresaron tomados de la mano a la galería; Brian Damiani se quedó afuera como «campana» y Juan Manuel Ruffino los esperaba en el auto. En otro auto, Andrés Kaipl aguardaba para oficiar de escolta en la huida. La pareja ingresó y se dirigió al local de Turismo Oldani; allí forcejearon con Hugo y le arrebataron una mochila. El hombre intentó resistirse y Figueroa le efectuó un disparo en el abdomen que le costó la vida a las pocas horas; el hecho quedó registrado por varias cámaras de seguridad de la galería.
Así se fugaba el autor del disparo contra Hugo Oldani. Llevaba en sus manos el arma de fuego 9 milímetros. Los primeros detenidos fueron Ruffino, Damiani y Figueroa e imputados como coautores de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego y por haber sido cometido para lograr la impunidad; y robo agravado por el empleo de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa, en concurso ideal. Agustina González fue detenida el 2 de junio del 2020 en avenida Peñaloza y Castelli tras una persecución protagonizada por personal del Comando Radioeléctrico. Andrés Kaipl fue detenido el mismo día que Alfredo Sadonio: el 29 de diciembre de 2020. Figueroa fue encontrado sin vida en su celda el 21 de septiembre de 2021, cuando se estaba tramitando cerrar la causa a través de un procedimiento abreviado que comprendía una condena a 18 años de prisión. Damiani fue condenado el 4 de febrero a 12 años de prisión como partícipe secundario del hecho y Agustina González fue condenada por la justicia de Menores a 10 años de prisión. En tanto, el 9 de marzo la jueza Rosana Carrara prorrogó por un año más la prisión preventiva de Juan Manuel Ruffino.
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