Tres efectivos policiales santaesinos expulsados de la fuerza con cese en el cobro de sus haberes

Habían sido condenados por el delito de apremios ilegales. Los hechos se remontan a septiembre de 2024 en San Javier, cuando los agentes golpearon a un presunto ladrón para obligarlo a confesar el robo. Además, falsearon el libro de guardia para ocultar lo sucedido.

Por decreto del Poder Ejecutivo de Santa Fe, tres policías fueron expulsados de la fuerza provincial después de que quedara firme un fallo que los condenaba por el delito de apremios ilegales. Se trata de Cristian Germán Gauna, Cantalicio Gustavo Javier Franco y José Carlos Yalasi.

El texto lleva las firmas del gobernador Maximiliano Pullaro y su ministro de Justicia y Seguridad, Pablo Cococcioni. Fue rubricado este martes y registrado bajo el número 1919.

Dos de los efectivos alcanzados por la medida tienen 44 años; el restante, 47. El hecho que dio origen a la sanción más extrema dentro de la institución policial se remonta a septiembre de 2024, cuando los tres fueron detenidos en la localidad de Colonia Francesa, departamento San Javier. Habían sido denunciados por golpear a un joven para obligarlo a confesar un presunto robo, y por insertar información falsa en el libro de guardia con el propósito de encubrir lo ocurrido.


Los hechos motivaron la actuación de la Unidad Especial de Asuntos Internos, y de la Fiscalía Especial de Delitos Complejos, a cargo de Ezequiel Hernández. Se instruyó el correspondiente sumario administrativo a través de la subsecretaría de Control de la provincia, en tanto que en paralelo, se ordenó la prisión preventiva de los agentes.

Por el mismo episodio, aunque por el delito de «encubrimiento», fue también investigada una cuarta empleada policial, quien se desempeñaba como «agente policial superior de servicios en Destacamento N° 6 de Colonia Francesa», según precisa el decreto.

Los cargos

En el caso del funcionario policial Franco, había sido imputado como «autor y coautor penalmente responsable de los delitos de apremios ilegales calificados por provocar un grave daño a la salud de la víctima en concurso real con falsedad ideológica en instrumento público». También, como «autor de vejaciones y coautor de privación ilegal de la libertad por abuso funcional y falsedad ideológica en instrumento público, todo en concurso real». Fue condenado a la pena de tres años de prisión efectiva, e inhabilitación especial por el doble de tiempo.

Yalasi también fue imputado como «coautor penalmente responsable de los delitos de apremios ilegales calificados por provocar un grave daño a la salud de la víctima». La pena impuesta fue idéntica.

Finalmente, Gauna fue imputado como «coautor penalmente responsable de los delitos de apremios ilegales calificados por provocar un grave daño a la salud de la víctima en concurso real con falsedad ideológica en instrumento». Al igual que a los restantes, la condena impuesta fue de tres años e inhabilitación por el doble de tiempo. Quedó firme en mayo de 2025.

Procedimiento

En agosto de 2025, la Secretaría de Control solicitó al Ministerio de Justicia y Seguridad que se aplicara la medida depurativa de destitución a los funcionarios policiales citados, sin la percepción de haberes.

En los considerados del decreto de destitución, se advierte que «quedó fehacientemente demostrado que los agentes mantuvieron un comportamiento que no se condice con su calidad de funcionarios policiales y, por lógica, se contrapone con la ética que debe observar en cada uno de sus actos». Se cita como antecedente un dictamen de Fiscalía de Estado donde se expresa que «en el caso de existir condena judicial firme, el empleado es privado del estado policial produciéndose la extinción automática de la relación laboral, sin necesidad de ejercer acción disciplinaria, ni iniciar procedimiento investigativo alguno, ya que la sola existencia de la misma ‘evidencia una carencia de idoneidad e importa directamente un incompatibilidad ética que imposibilita la continuidad del agente en esa particular función'».

La destitución implica el cese de la percepción de la totalidad de los haberes. Fuente: El Litoral.

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