Tribunales: dan a conocer el fallo por la muerte de Oscar Elvio Feulien

Será este miércoles desde el mediodía. El Juez Gustavo Bumaguin determinará si como solicitó el Fiscal Martín Castellano condena a Fernando Romero a la pena de 15 años de prisión efectiva; ó, si como solicitó el defensor Federico Scarinci, decreta la absolución. El hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 en horas de la tarde en una vivienda de Av. Ángela de la Casa al 50 de nuestra ciudad.

Este miércoles desde el mediodía, en la Sala Nº 3 de los Tribunales de nuestra ciudad y de acuerdo a lo programado en su momento por la Oficina de Gestión Judicial, el Juez de Juicio, Gustavo Bumaguin, dará a conocer el veredicto en relación al juicio oral y público que finaliza y que juzga el accionar de Fernando Romero, de 73 años, a quién el Fiscal de la Sección Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Dr. Martín Castellano, acusó en su momento de ser autor penalmente responsable del delito de Homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego; y Tenencia indebida de arma de fuego de uso civil, hecho por lo cuál solicitó que sea condenado a 15 años de prisión. En tanto recordamos que el defensor de Romero, el Dr. Federico Scarinci, pidió para su representado la absolución aduciendo que actuó en legítima defensa.

Durante el alegato final el representante del Ministerio Público dejó por sentado y dio por establecido que Romero salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16 pidiendo que las cuatro personas que habían ingresado se retiraran; agregó que levantó la escopeta en una oportunidad y la bajó cuando vió que todos retrocedían; aunque la levantó nuevamente cuándo Feulien volvió a acercarse, efectuando un disparo que resultaría fatal.

Por su parte el Dr. Scarinci requirió que se observara la secuencia de las imágenes de las cámaras de seguridad pero poniéndose en lugar de un hombre de 73 años, con problemas de salud, encontrándose sólo en su vivienda y, de repente, hallándose con cuatro personas que habían ingresado a su propiedad sin su autorización.


Entonces apareció el concepto de la legítima defensa ya que su representado pudo haber actuado convencido de que estaba ante un peligro inmediato. Por eso Scarinci hizo -en algún momento- referencia a una probable legítima defensa putativa que es aquello en que una persona cree que puede haber un peligro inminente o una agresión que justifique su reacción aunque la misma no exista efectivamente. Aunque también habló de una legítima defensa privilegiada y, alternativamente, la posibilidad de un homicidio culposo.

Toda esa explicación fue descartada de plano por el fiscal Castellano quién reiteró su pedido de quince años de prisión efectiva, además de que se mantenga -hasta que la condena quede irme- el arresto domiciliario con el que está beneficiado Romero.

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