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Provinciales

Sin prórroga: últimas horas para ponerse al día con API y adherir a la Moratoria 2022

18.42 Este jueves vence el plazo para adherir a la moratoria impositiva y regularizar los impuestos provinciales.

Este jueves será el último día para adherir a los beneficios impositivos de la Ley 14.069 que establece el Régimen de Regularización Tributaria de la Provincia de Santa Fe, ya que desde la Administración Provincial de Impuestos (API), confirmaron que no se realizará una nueva prórroga y la Moratoria 2022 vencerá definitivamente.

Últimas horas para adherir

El régimen de moratoria fue creado por la Ley 14.069 y los contribuyentes pueden acceder para regularizar obligaciones fiscales, -impuestos, tasas y contribuciones provinciales-, deudas devengadas hasta el 30 de setiembre de 2021.

Vigencia

Desde el 01/03/2022 al 30/06/2022.

Durante mayo, por Resolución General Nº 0022/2022 se decidió una prórroga hasta el 30 de junio de 2022.

Los trámites o solicitudes de turnos se deben realizar ingresando a la página web del organismo www.santafe.gov.ar/api.

Qué tributos se pueden regularizar

Los siguientes impuestos, tasas y contribuciones provinciales con los respectivos intereses y multas:

  1. Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  2. Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural.
  3. Patente Única sobre Vehículos.
  4. Impuesto de Sellos.
  5. Impuesto a las Actividades Hípicas - Ley 5317.
  6. Tasas Retributivas de Servicios.
  7. Aportes al Instituto Becario.
  8. Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
  9. Impuesto especial previsto en el art. 2º de la Ley 13.582.

Características y formas de pago

Solo se podrán regularizar deudas devengadas hasta el 30 de setiembre de 2021 inclusive.

Intereses Resarcitorios: Se aplicará un 2% (dos por ciento) de interés simple mensual, calculado desde la fecha de vencimiento, hasta la de su efectivo pago o formalización de convenio.

Formas de Pago

-Si se abona de contado: se aplica un descuento del 80% en los intereses resarcitorios.

-Formalizando un plan de pagos en cuotas: el régimen contempla la cancelación de la deuda con las siguientes condiciones:

Convenios de Pago

-Número máximo de cuotas a solicitar: treinta y seis (36)

-Las cuotas son mensuales y consecutivas

-Cuota mínima: $500 para todos los tributos

-Vencimiento de cada cuota: el día 10 de cada mes o el primer día hábil siguiente, si es feriado o no laborable.

¿Qué sucede con las multas?

La liberación de las multas a que refiere el art. 27 Ley 14.069, alcanza a las multas por infracción a los deberes formales y materiales -sancionadas o no- en la medida que las mismas no se encuentren firmes y que las obligaciones fiscales que las generen hayan sido cumplidas con anterioridad o durante la vigencia del Régimen de Regularización Tributaria.

Se considerará que dichas multas se encuentran firmes cuando los actos administrativos mediante los cuales se hayan impuesto no hubieran sido impugnados o la vía impugnativa elegida se encuentre agotada sin posibilidad recursiva al momento de entrada en vigencia de la ley.

¿Quiénes quedan excluidos?

No podrán acceder a los beneficios dispuestos:

-Contribuyentes con proceso penal directo abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales

-Agentes de Recaudación sistema SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no

-Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco, multas y por cualquier otro concepto

Algunas líneas de contacto para realizar consultas

Para los departamentos de la Regional Santa Fe: Gral. Obligado, Vera, 9 de Julio, San Javier, San Justo, San Cristóbal, La Capital, Las Colonias, Castellanos, San Jerónimo, San Martín u otras provincias:

[email protected] (Santa Fe) - 0800 888 3722 -

Para los departamentos de la Regional Rosario: Iriondo, Belgrano, San Lorenzo, Constitución, Caseros, Rosario y Gral. López:

[email protected] (Rosario) - 0800 555 6672 -

api Moratoria 2022 provinciales
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