08.21 El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió este jueves la inscripción al sorteo de 1150 viviendas en el marco del plan Procrear II. En la provincia de Santa Fe, se sortearán unidades habitacionales del Parque Federal, y las localidades de Sunchales y Rafaela.
El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que conduce Jorge Ferraresi abrió este jueves la inscripción para sortear viviendas Procrear II en Desarrollos Urbanísticos en 17 provincias, entre las que se incluye Santa Fe con las unidades habitacionales del Parque Federal en la ciudad capital, y las localidades de Sunchales y Rafaela.
Los y las interesadas ya pueden inscribirse a través del sitio web oficial del Ministerio, en donde además se encuentran los requisitos necesarios que deberán cumplir para poder acceder al sorteo.
En esta oportunidad, se habilitó la inscripción para sortear 1150 unidades funcionales ubicadas en los predios Estación Sáenz y Estación Buenos Aires (CABA); San Francisco, Barrio Liceo, Cavanagh, Morrison y Alejandro Roca (Córdoba); Paraná (Entre Ríos); San Martín, Mendoza Capital, Malargue, San Rafael y Maipú (Mendoza), Parque Federal, Sunchales y Rafaela (Santa Fe); Ezeiza, Merlo, Ciudad Evita, Carmen de Patagones, San Miguel, San Nicolás, Bolívar, Canning, Bahía Blanca, Lomas de Zamora, San Martín, Suipacha, Lincoln y San Antonio de Areco (Buenos Aires); Posadas (Misiones); Santiago del Estero y La Banda (Santiago Del Estero); Río Gallegos (Santa Cruz); Zapala (Neuquén); Bariloche (Río Negro); Corrientes (Corrientes); Puerto Madryn (Chubut); San Luis (San Luis); Yerba Buena (Tucumán); Jujuy (Jujuy); y Huaico (Salta).
“A través de los Desarrollos Urbanísticos el Estado viene a dar respuesta a una demanda, que es la falta de acceso a créditos hipotecarios para acceder a una vivienda”, señaló Ferraresi sobre este programa, y apuntó: “Esto no solo le da la oportunidad a miles de argentinos y argentinas de tener su casa propia en el lugar en donde eligieron vivir y desarrollarse, sino que además genera el impulso de toda la industria de la construcción”.
La línea Desarrollos Urbanísticos de Procrear II se enmarca dentro del Programa Federal Casa Propia para brindar a las familias argentinas el acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas, en uno de los predios donde el Estado Nacional lleva adelante estos emprendimientos inmobiliarios. A través de este programa, además, se atiende a la diversidad de las demandas habitacionales, así como a la particularidad de cada provincia y municipio donde se llevan adelante estas obras.
Requisitos de inscripción a Procrear II
-No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
-No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
-Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
-Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
-Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
-Acreditar el estado civil declarado en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, excepto el estado civil soltero.
-Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
-Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
-Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
-No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
-Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
-El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.
1. Matrimonio.
2. Unión convivencial.
3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
-Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.
Fuente: Aire de Santa Fe
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