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Provinciales

En mayo regresa la presencialidad plena en la administración pública

El Gobierno Nacional estableció el 1° de mayo como fecha límite para disponer el retorno de los trabajadores de la administración pública a la presencialidad, después de la serie de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que establecieron la modalidad remota a causa de la pandemia de Coronavirus.
A través de la Resolución 58/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete estableció que "antes del 1º de mayo de 2022 cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (…) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios".
La secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Gabriela Castellani, aseguró que esta resolución "no es un capricho" sino que es parte de las nuevas recomendaciones que estableció el Consejo Federal de Salud y que refrendó en una resolución el Ministerio de Salud.
"Los cuidados en esta nueva etapa se establecen con ventilación simple y no cruzada, con uso de barbijo y con eliminación de la obligatoriedad de dejar dos metros de distancia entre los puestos de trabajo. Así que ya estamos en condiciones de hacer una vuelta a la presencialidad completa en todos los edificios", afirmó la funcionaria en declaraciones a Télam Radio.
Castellani consideró también que, después de dos años de haber tenido que recurrir a modalidades de trabajo a distancia, "va a ser necesario" evaluar en paritarias con los representantes de los trabajadores las "posibilidades y las nuevas modalidades de trabajo".
"Nosotros ya tenemos propuestas. Sabemos que los sindicatos también tienen las suyas, y en la paritaria que se inicia en el mes de mayo seguramente estaremos trabajando alguna de estas cuestiones para ver cuál es el futuro del trabajo en la administración pública", añadió.
En la resolución también se dispuso que quedan "exceptuadas" de la implementación de esta medida aquellas personas que acrediten documentación médica por pertenecer a grupos de riesgos establecidos en el "artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución del Ministerio de Salud N° 627 del 19 de marzo de 2020".

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