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Nacionales

La Corte Suprema espera una definición política antes de definir el futuro del DNU de Milei

El máximo tribunal de Justicia esperará primero que actúe el Poder Legislativo; La Rioja pidió la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia y la CGT logró suspender el capítulo laboral.

“El Congreso está trabajando, no esperen nada de la Corte en lo inmediato”, dicen con solemnidad en los tribunales sobre una eventual intervención del máximo tribunal en los planteos sobre la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que impulsa el presidente Javier Milei. Fuera del Palacio de Justicia, con más picardía, funcionarios judiciales ironizan: “Los jueces de la Corte compraron pochoclo y se sentaron a mirar la función”.

En el mundo judicial nadie espera que la Corte se pronuncie “en lo inmediato” sobre la constitucionalidad o no del DNU, que en 300 artículos deroga un centenar de leyes, promueve la desregulación de la economía y una reforma laboral, entre otras cuestiones.

Los jueces de la Corte recibieron el último día de diciembre una demanda del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, en la que reclama anular el DNU y como medida cautelar suspenderlo. El máximo tribunal se lo envió al procurador, Eduardo Casal, para que determine si es un caso de competencia originaria de la Corte y avisaron que no lo iban a tratar en la feria de enero. Casal la semana pasada dijo que era un asunto de competencia originaria de la Corte, es decir que lo debe tratar directamente porque es un conflicto entre la Nación y una provincia. Pero la Corte no hará en lo inmediato ninguna movida, según informaron fuentes judiciales a LA NACION. Los jueces mantendrán cautela, sobre todo, porque el Congreso está en pleno funcionamiento y se debate si se convocará al Senado para analizar la validez del DNU.

Los especialistas, además, señalan que la demanda de La Rioja podría ser atacada desde el lado de la legitimidad del gobernador para plantearla o desde el argumento de que no plantea un caso de perjuicio concreto.

“Rigurosa excepcionalidad”

La jurisprudencia de la Corte es restrictiva con respecto a convalidar los DNU. En los últimos años, lo viene demostrando en diversas sentencias (Pino Severino, de 2021; Verrochi, de 1999, y Consumidores Unidos, de 2010) que las facultades legislativas del Presidente son excepcionales y que solo puede actuar así cuando las cámaras del Congreso no pueden reunirse o cuando la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser remediada inmediatamente.

Además, se aplica el criterio de “rigurosa excepcionalidad” establecido por la Corte, que admite el dictado de decretos de necesidad y urgencia “únicamente en situaciones de grave trastorno que amenacen la existencia, la seguridad o el orden público o económico, que deben ser conjuradas sin dilaciones… (y que configuren) un estado de excepción y el impedimento a recurrir al sistema normal de formación y sanción de las leyes”.

Además de la demanda de La Rioja, otras provincias están preparando su propio reclamo. En paralelo, ya llegó a la Corte la demanda de la CGT en la que la justicia laboral de feria declaró inconstitucional el capítulo 4 del DNU, que se refiere a derechos laborales. El Estado planteó un recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara que fue concedido. Sobre este punto, tampoco hay urgencia en la Corte por pronunciarse, según informaron fuentes judiciales a LA NACION. El tribunal prevé una definición sobre el capítulo laboral, pero no será en el corto plazo, según especularon en los tribunales.

Antes de la feria judicial de verano, con su decisión de pedir a Casal que dictamine sobre la competencia, la Corte envió el mensaje interno para congelar todo durante enero. En plena feria, el fuero Contencioso Administrativo desarmó la demanda colectiva contra el DNU que se había consolidado el último día de 2023 y la convirtió en decenas de casos puntuales que hicieron llover amparos contra el decreto. Pero la norma sigue en vigor, excepto en lo que hace al capítulo laboral, a la derogación de ley de tierras y a la posibilidad de que los clubes se transformen en sociedades anónimas. Luego hubo cautelares individuales de pacientes que lograron que no les aumenten las prepagas. Pero el DNU, en casi su totalidad, sigue firme a pesar de los planteos.

En el Gobierno transmiten confianza sobre una eventual decisión de la Corte en lo relativo al DNU y sostienen que todavía corren los tiempos legislativos para evitar que sea invalidado en el Congreso. De hecho, analizan en el Gobierno que la Corte podría incluso reenviar el capítulo laboral a otra cámara del fuero antes de pronunciarse, dijeron fuentes oficiales a LA NACION.

Tras la reanudación de las actividades judiciales, el jueves pasado, los jueces regresaron a sus despachos y la primera acordada de 2024 que suscribieron con la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda fue disponer un aumento del 12,5 por ciento desde el 1° de diciembre del año pasado a todos los empleados, funcionarios y magistrados de todo el escalafón del Poder Judicial. Es una decisión que arrastra los sueldos de fiscales y defensores generales e implica un incremento de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) que es un coeficiente nomenclado que permite calcular los honorarios que cobran los abogados por sus tareas. Fuente: La Nación.

Poder Judicial Corte Suprema nacionales Ley Ómnibus
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