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Nacionales

Por la Ley de Financiamiento Educativo se enviarán fondos a las provincias

Será para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educación. La medida se da ante la ausencia del presupuesto 2024.

El Gobierno Nacional anunció la prórroga para el Ejercicio Fiscal 2024 del artículo 7° de la Ley N° 26.075, conocida como Ley de Financiamiento Educativo. Esta decisión, plasmada en el Decreto Nº 231/2024, busca garantizar la continuidad de recursos destinados a fortalecer el sistema educativo nacional, ante la falta de aprobación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el presente año.

La situación se originó a principios del ejercicio presupuestario, cuando el Proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2024 no obtuvo la aprobación correspondiente en el Congreso de la Nación. Ante este escenario, el Gobierno emitió el Decreto Nº 88 del 26 de diciembre de 2023, en el cual se estableció que, a partir del 1º de enero de 2024, regirían las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, junto con sus modificatorias y complementarias.

Posteriormente, la Decisión Administrativa Nº 5 del 11 de enero de 2024 determinó los recursos y créditos presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.701, considerando las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional establecidas por el Decreto N° 8 del 10 de diciembre de 2023.

En el contexto de estas medidas, se destaca la importancia de la asignación específica de recursos coparticipables establecida por el artículo 7° de la Ley N° 26.075 de Financiamiento Educativo. Originalmente, esta disposición preveía una asignación por un plazo de cinco años con el objetivo de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional, así como contribuir a la disponibilidad de recursos en los presupuestos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Con el vencimiento del plazo fijado por la Ley N° 26.075, se realizaron sucesivas prórrogas, siendo la última dispuesta por el artículo 13 de la Ley N° 27.701. La asignación específica de recursos coparticipables busca aumentar la inversión en educación a nivel provincial, destinando fondos al pago de salarios y al mejoramiento de la calidad y la infraestructura educativa.

La dilación en la aplicación de las disposiciones del artículo 7° de la Ley N° 26.075 generó preocupación, ya que impide la disponibilidad de recursos necesarios para cumplir con los objetivos de financiamiento educativo. Esto afecta directamente la situación económica de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en particular en lo que respecta al respaldo financiero del sistema educativo.

En este contexto, el Gobierno Nacional considera necesario e urgente incorporar disposiciones complementarias a la prórroga establecida, con el fin de garantizar el financiamiento del sistema educativo nacional. La naturaleza excepcional de la situación planteada hace que sea imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de leyes.

En respuesta a esta urgencia, el presidente de la Nación argentina, en acuerdo general de ministros, emitió el presente decreto en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional.

Decreto

El decreto establece la vigencia para el Ejercicio Fiscal 2024 del artículo 7° de la Ley N° 26.075, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9° y 11 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y sus modificatorias. El objetivo principal es asegurar el reparto automático de los recursos a los ministerios de Educación u organismos equivalentes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a los municipios, para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educativa.

La medida busca garantizar la continuidad de la asignación específica de recursos coparticipables, contribuyendo así a mantener y mejorar las condiciones educativas en todo el país. Sin embargo, la aprobación de esta medida excepcional está sujeta al pronunciamiento de la Comisión Bicameral Permanente, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.122, que regula el trámite y los alcances de la intervención del Congreso de la Nación respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el Poder Ejecutivo Nacional. (El Litoral)

POR DECRETO Gobierno Nacional educación Financiamiento provincias Fondos
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