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Covid-19: no será necesario presentar PCR negativo para regresar al trabajo

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires estableció que, a partir de ahora, los empleados tanto de la administración pública como de empresas privadas no deberán presentar una prueba de PCR negativa luego de haber estado contagiados de coronavirus para reincorporarse a trabajar. El mismo criterio regirá para quienes hayan sido contacto estrecho y deban aislarse.
La decisión del Ejecutivo bonaerense salió publicada en un suplemento del Boletín Oficial y fue determinada por los ministerios de Salud y de Trabajo, Nicolás Kreplak y Mara Ruiz Malec, respectivamente.
Según los últimos criterios actualizados del Ministerio de Salud de la Nación, los casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto deberán realizar 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas. A su vez, los casos confirmados con esquema de vacunación completo (con la dosis de refuerzo aplicada o con menos de 4 meses de aplicada la segunda o tercera dosis del esquema primario) deberán cumplir 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas.
Para los casos que sean contacto estrecho, los criterios son los siguientes: asintomáticos sin vacunación o esquema incompleto que hayan realizado 10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado, o 7 días de aislamiento y hayan obtenido un test negativo a partir del séptimo día (test rápido de antígeno o técnicas moleculares).
Asimismo, quienes sean asintomáticos y tengan esquema de vacunación completo con la dosis de refuerzo aplicada hace más de 14 días o con menos de 4 meses de aplicada la segunda o tercera dosis del esquema primario o que se han recuperado de un episodio de Covid-19 y que presentan una nueva exposición al virus dentro de los 90 días del episodio inicial se encuentran exceptuados de efectuar aislamiento preventivo y pueden continuar con su actividad laboral extremando las medias de cuidado.
Según explicaron desde el Gobierno bonaerense, la medida es una extensión de lo anunciado por el Ejecutivo Nacional el 19 de enero, que estableció: "Los trabajadores y trabajadoras que hayan tenido diagnóstico de Covid-19 y que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta cuando se trate de personas sin vacunación o con esquema incompleto y se hayan cumplido diez (10) días de la fecha de inicio de síntomas o desde la fecha del diagnóstico (para asintomáticos)". (Infobae)

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