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AFIP definió un nuevo plazo para que los trabajadores informen deducciones de Ganancias

AFIP definió un nuevo plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias ¿cuál es la nueva fecha límite?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó hasta el 30 de abril de 2024, inclusive, el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023 y lo oficializó en la Resolución General 5494/2024.

El organismo que conduce Florencia Misrahi justificó la medida en su intento de "brindar seguridad jurídica respecto de la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023″

En ese sentido la liquidación provisoria efectuada durante el año se vio modificada por diversos decretos del Poder Ejecutivo nacional que no tuvieron su reflejo en las pertinentes disposiciones legales.

Consecuentemente, el actual Gobierno ha presentado un proyecto ante el Honorable Congreso de la Nación para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año 2023.

Finalmente, la liquidación anual por parte de los empleadores, a partir del dictado de la presente resolución general, se realizará durante el mes de mayo procediendo a efectuar las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores hasta el 10 de junio de 2024.

Asimismo, la resolución aclara que "deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándolo en el período mayo de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de mayo de 2024".

Ganancias espera por los cambios

A fines de enero el Gobierno retiró el proyecto de ley que estipulaba una suba en el impuesto a las Ganancias. Sin embargo, el tema volvió a estar en agenda por estas semanas, ya que al ser un impuesto coparticipable la restitución de la cuarta categoría podría ser un alivio para las provincias.

Desde septiembre de 2023 el monto mínimo no imponible pasó a ser de 6 a 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. Según el borrador enviado por el gobierno de Javier Milei a los mandatarios provinciales -que restituye el capítulo fiscal de la Ley de Bases-, el mínimo bruto de salario no imponible para una persona sin hijos será de $1.250.000, y para una persona casada con dos hijos de $1.815.000. Si se tiene en cuenta el monto del salario mínimo de marzo (que es de $202 mil) tendrán que pagar el impuesto a las ganancias las personas solteras que cobren 6 salarios mínimos y las que tengan hijos y cobren el equivalente a 9 SMVM. Pero, además de no incorporar una actualización del mínimo no imponible calculado en el proyecto de enero -y con una inflación que en ese mes fue de 20,6% y en febrero de 13,2%-, el borrador elimina del exenciones como el aguinaldo, las horas extras o las guardias obligatorias, por lo que en la práctica podría alcanzar a 1,5 millón de trabajadores. (Perfil)

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