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Locales

"La audiencia pública es el paso previo al dictado de la sentencia"

Es la mirada el fiscal municipal Daniel Fruttero sobre audiencia previsto para el 28 de febrero, convocada por el juez Matías Colón, a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación. "Lo que está en discusión es si los productos orgánicos pueden ocasionar o no algún riesgo para la salud y el ambiente en general", agregó el funcionario.

Sobre la audiencia pública de fitosanitarios, prevista para el 28 de febrero a las 8:00 horas en la sede de Tribunales segundo piso, de lo que se publicó en la edición de ayer, ahora hizo declaraciones periodísticas el fiscal municipal Daniel Fruttero.
"La audiencia que ha fijado el Juzgado es pública, convocando el juez de la causa al Departamento Ejecutivo Municipal, los concejales, representantes de otras instituciones como INTA, SENASA, Ministerio de Ambiente de la Provincia y la Secretaría de Ambiente del Municipio, para indagar, formular preguntas acerca de lo que es el objeto del juicio, que es una pretensión de nulidad de un artículo de una ordenanza, que dispone un cinturón ecológico desde los 50 a los 200 metros. La ordenanza permite la aplicación de productos fitosanitarios de origen biológico u orgánicos, no se síntesis química", destacó el funcionario municipal.
Y agregó: "El mecanismo de la audiencia pública es una herramienta procesal, que en este caso decide utilizar el Juzgado en consideración a otras causas ambientales, donde se han discutido estos temas u otros similares, y por la complejidad de la cuestión debatida amerita citar a quienes formaron parte del debate legislativo, en este caso los concejales, o quienes tengan en su caso la aplicación de la norma para indagar acerca de esas cuestiones complejas".
-Luego de la audiencia, ¿cuáles serán los pasos a seguir desde el plano jurídico?
-La audiencia es el paso preliminar al dictado de la sentencia. En la causa ya se rindieron todas las pruebas de las dos partes, tanto la actora como la demandada, que es el Municipio, están cumplidas. Lo que hace el Juez es fijar esta audiencia pública, previo a dictar sentencia, para formular preguntas, aclarar algunas cuestiones, indagar acerca del objeto del pleito.
-¿Hacia dónde estarán orientadas las cuestiones de la audiencia específicamente?
-El propio Juzgado dispone en su decreto al disponer la audiencia que las cuestiones a debatir o consultar estarán acotadas a lo que es materia de discusión, artículo 4º de la ordenanza sobe las distancias y los productos que se pueden aplicar, y seguramente indagar acerca de las motivaciones legislativas que se tuvieron en cuenta para el dictado de la norma.
-Sobre los actores involucrados del juicio, ¿cuáles son las decisiones de cada parte?
-Al ser una causa colectiva, no hay un litigio de contraposición de intereses porque el Municipio es el principal gestor del interés público. En este caso lo que se busca es lograr un consenso para aplicación de una norma; hay instituciones y personas que se sintieron afectadas en sus derechos colectivos por el dictado de una norma legal y decidieron debatirlo ante la Justicia.
-¿De qué manera afectaría los fitosanitarios estén tan cerca de la gente y del espacio público?
-Es precisamente lo que se debate, teníamos una normativa que restringía las aplicaciones a 200 metros, pero eran todos productos de síntesis química. Lo que el Concejo sancionó en la nueva ordenanza es la posibilidad de aplicar productos de carácter biológico u orgánico. Entonces está en discusión si esos productos pueden ocasionar o no algún riesgo para la salud y el ambiente en general.
-¿Cuáles son tus expectativas para esta audiencia pública?
-Es una buena herramienta que utiliza la Justicia para escuchar a todas las partes que han intervenido en el debate de la norma y a los que tiene que aplicar la normativa. Es una decisión muy saludable esta audiencia, escuchar a todos los intervinientes para poder luego decidir sobre la causa.

Historia reciente

Conviene recordar que a fines de 2021 fue sancionada la ordenanza 5331 para regular el uso de los fitosanitarios y el límite agronómico en el cuerpo legislativo, luego vino el veto propositivo del Ejecutivo municipal y finalmente las ONGs ADAPA y Amigos de la Vida junto a vecinos afectados presentaron una medida cautelar en el Juzgado Civil y Comercial de la 2ª Nominación, suspendiendo el artículo 4º que establece concretamente el metraje de las fumigaciones (0-50 metros no fumigar y de los 50-150 metros con pulverizaciones autorizadas), manteniéndose por el momento los 200 metros que estaban vigentes hasta que se resuelva la decisión judicial.
En el plano jurídico, se trata de los autos caratulados "Expediente ADAPA y otros contra la Municipalidad de Rafaela sobre recurso contencioso administrativo ley 10.000".
Para destacar, el Juzgado interviniente (está vacante, pero el juez es rotativo mensualmente) produjo pruebas testimoniales, utilizando el moderno sistema de oralidad civil, dada la complejidad de la cuestión en debate y la condición técnica de los declarantes (ingenieros agrónomos), oficiando de juez en esas audiencias el juez Matías Colón, quien llevaba pocos días en el cargo en ese momento (fue nombrado juez en lo Civil y Comercial 1ª Nominación).
Este magistrado ha ordenado citar a los 10 concejales a comparecer en forma personal y presencial a la audiencia pública mencionada, como así también a los citados actores sociales.

Foto: D. Camusso

Daniel Fruttero fitosanitarios locales
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