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Locales

La Asociación Mutual de Afiliados a la Asociación Bancaria Seccional Rafaela llama a realizar la Asamblea General

En la misma se debatirán, entre otras cosas, el llamado de esta Asamblea en plazos excedidos de acuerdo a las disposiciones INAES, la consideración de la Memoria, Balance General, Cuadro de Recursos y Gastos e Informe del Órgano de Fiscalización, correspondientes al Ejercicio Económico cerrado el 31 de diciembre de 2022.

Según lo dispuesto en el punto II) del Acta Nº 110 del 09 de noviembre de 2023, el Consejo Directivo de la Asociación Mutual de Afiliados a la Asociación Bancaria Seccional Rafaela (MuBaRa) llama a Asamblea General Ordinaria. Se realizará el día jueves 21 de diciembre a las 20:00 en sede de la Asociación Bancaria Seccional Rafaela sita en Alem 339 de la ciudad de Rafaela (Santa Fe). En la misma se propone el tratamiento del siguiente:

Orden del día

1. Designación de dos socios asambleístas para que, en nombre y representación de la Asamblea, firmen y aprueben conjuntamente con el Presidente y el

Secretario el Acta respectiva.

2. Tratamiento y consideración del llamado de esta Asamblea en plazos excedidos de acuerdo a las disposiciones INAES.

3. Lectura y ratificación del Acta de la Asamblea anterior.

4. Consideración de la Memoria, Balance General, Cuadro de Recursos y Gastos e Informe del Órgano de Fiscalización, correspondientes al Ejercicio Económico cerrado el 31 de diciembre de 2022.

5. Elección de miembros del Consejo Directivo y Junta Fiscalizadora por vencimiento del mandato de las actuales autoridades. En el caso de lista única se procederá a la proclamación de autoridades en dicho acto. Presentación a realizarse dentro de los plazos legales.

6. Tratamiento y consideración de convenios intermutuales de prestación de servicios.

7. Tratamiento y Consideración de Reglamentos Aprobados por Servicios de Gestión de Prestamos.

8. Tratamiento y Consideración de Monto de cuota de Asociado.

La Asamblea podrá sesionar válidamente 30 minutos después de la hora fijada en la convocatoria con los socios presentes, cuyo número no sea inferior que el de los miembros titulares del Organo Directivo y de la Junta Fiscalizadora. De no conseguirse dicho quorum, la entidad deberá convocar a una nueva Asamblea en el término de cinco días hábiles, cumplimentando nuevamente lo establecido en el art. 18 de la ley 20231 (Resolución INAM Nº 294/88).

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