En la sesión ordinaria de este jueves a las 9:00 hs, el Concejo Municipal votará tres proyectos, destacándose el pedido de informe sobre Emergencia Vial solicitado en la minuta de comunicación 3.813 (Juntos por el Cambio), pidiendo nuevamente al Ejecutivo que brinde los informes correspondientes a los resultados obtenidos de la ordenanza aprobada el 25 de agosto de 2022 y por el término de 6 meses. La norma venció el 25 de febrero de 2023 y no se ha recibido ningún tipo de información al respecto, aún presentado el 21 de marzo de 2023 otra minuta de comunicación.
Se solicita un detalle minucioso del plan de acción, de inversión y estratégico de seguridad vial. Los siniestros entre vehículos de diferentes portes continúan estando en la cotidianidad rafaelina, siendo una problemática cada vez más preocupante.
No solamente se producen daños materiales sino también la pérdida de vidas humanas. Se puede citar como hecho reciente el del domingo 7 de mayo, en horas de la tarde, en la intersección de las calles Sargento Cabral y Belgrano, donde perdió la vida una mujer de 21 años y su acompañante resultó con heridas graves. En lo que va del 2023, ya se registraron cuatro muertes por accidentes de tránsito.
Urge poner al servicio de la ciudadanía la mayor cantidad de esfuerzos destinados a dar una secuencia de soluciones concretas a la problemática que se vive en seguridad vial, y es por todo lo detallado que el edil del PRO solicita a sus pares acompañar en este pedido.
Los otros proyectos
*Contrato de comodato con el Club 9 de Julio (DEM): se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar la cláusula quinta del contrato de cesión de uso firmado con el Club Atlético 9 de Julio el 29 de agosto de 2016, en mérito a lo dispuesto en la ordenanza Nº 4.815, la que quedará redactada de la siguiente manera: "La presente cesión se formaliza por el término de 99 años, contados a partir de la suscripción del presente, salvo que alguna de las partes comunique a la otra por medio fehaciente y con por lo menos 30 días de anticipación su intención de dar por concluido el contrato".
En los considerandos, el 29 de agosto 2016 se suscribió un contrato de cesión de uso entre la Municipalidad de Rafaela y el Club Atlético 9 de Julio con el objeto de ceder a la institución una fracción de terreno (4,2 ha) ubicada en la concesión 341 de esta ciudad (al oeste, detrás de la UNRaf) para ser destinada a la realización de actividades deportivas, donde se construirá un polideportivo.
La institución, mediante nota del pasado 16 de marzo, solicitó la modificación del plazo de la cesión, que originariamente se había establecido en 10 años prorrogables por única vez, requiriendo su ampliación a 99 años.
*Convenio urbanístico en barrio Belgrano (DEM): se refrenda el decreto Nº 54.909 que ratifica los convenios suscriptos el 7 y 8 de marzo de 2023 por Rafael Barreiro, Daniel Amílcar Ferrero y la Municipalidad de Rafaela, enunciados en los considerandos del presente. Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a la ejecución de las obras, tareas y trabajos necesarios para dar efectivo cumplimiento a los compromisos asumidos en los acuerdos suscriptos.
En los considerandos, el 7 de marzo se suscribió un convenio urbanístico transaccional entre Daniel Ferrero -con el patrocinio letrado del Dr. Javier García- y la Municipalidad con el fin de acordar modificaciones al proyecto de urbanización denominado "Nuevo loteo Belgrano".
El objeto principal del convenio radica en la modificación del diseño y superficie del "reservorio sur" del mencionado loteo, 1indero a la propiedad de Barreiro, preservando su existencia y localización, en aras de la adecuada protección de los intereses colectivos vinculados a los aspectos ambientales y urbanísticos del loteo citado.
Del convenio suscripto emergen compromisos para el Municipio que requieren de la necesaria intervención y refrendo del Concejo Municipal en virtud de incidir en la normativa urbanística vigente.
El 8 de marzo se suscribió un convenio transaccional entre Rafael Barreiro, Daniel Ferrero y la Municipalidad, conexo al mencionado ut-supra y por el que las partes complementan la composición de los derechos involucrados.