Locales

Fitosanitarios: el Ejecutivo estudiará la ordenanza antes de su promulgación


14.12 El Intendente analizó distintos aspectos de la norma y modificó algunos puntos para darle viabilidad y funcionalidad.





El intendente Luis Castellano se reunió este jueves con los concejales de los distintos bloques para informarles los motivos de su veto propositivo respecto a la Ordenanza de fitosanitarios aprobada el jueves 2 de diciembre en sesión ordinaria.





En el encuentro llevado a cabo en el despacho de Intendencia estuvieron presentes la jefa de Gabinete, Amalia Galantti; el secretario de Gobierno y Participación, Marcelo Lombardo; el Fiscal Municipal, Daniel Frutero; la secretaria de Ambiente y Movilidad, María Paz Caruso; y el presidente del Concejo Germán Bottero.





También participaron las concejalas Valeria Soltermam y Alejandra Sagardoy; y los concejales Juan Senn, Martín Racca, Ceferino Mondino, Lisandro Mársico y Leonardo Viotti.





Al iniciar la reunión, el Intendente explicó que mientras duró el debate en el Concejo municipal, prefirió respetar el proceso de discusión y poder aportar en esta instancia para lograr una norma que cuente con la viabilidad necesaria a fin de que pueda ser aplicable, además de no tener cuestionamientos legales.





Por otra parte, luego del análisis realizado por Fiscalía municipal, se decidió trabajar sobre determinados puntos que hagan “subsistir la vigencia de la norma” y aporten funcionalidad a la Ordenanza.





Lo propositivo





En primer término, se suspende por el plazo de ciento ochenta (180) días, la entrada en vigencia del Cinturón Ecológico destinado a la producción orgánica y/o biológica. Además, encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Comisión Especial que crea la tarea de recabar información completa, detallada y actualizada de parte de las autoridades nacionales con competencia en la materia de producción ecológica, orgánica o biológica, relativa a:
a-) los productos fitosanitarios de origen orgánico y/o biológico susceptibles de ser aplicados;
b-) técnicas, condiciones y procedimientos relativos a su aplicación o uso;
c-) medidas de prevención sugeridas en su aplicación, que minimicen riesgos a la salud y el ambiente;
d-) y toda otra información relevante vinculada a la correcta aplicación, uso y manipulación de tales productos.









Hasta que esto ocurra, el Área de Seguridad (conocida como límite agronómico) permanecerá con un ancho de 200 metros contados desde el perímetro urbano y de los establecimientos rurales, manteniendo la protección actual.





Por otra parte, las restricciones y prohibiciones de la Ordenanza no deberán afectar el ciclo productivo actual de los cultivos del Distrito Rafaela, siendo plenamente operativas desde el fin de tal ciclo.





También propone una aplicación más progresiva de la Ordenanza en la plantación de cortinas forestales en el periurbano, y otorga precisión terminológica y conceptual para facilitar la aplicación de dicha norma.


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