Nacionales

Nuevo cepo: el BCRA prohíbe mandar dólares al exterior a cuentas de terceros


08.00 Es para controlar el volumen del contado con liquidación, y para que el Central no gaste tantos dólares de sus reservas en salir a subsidiar el precio. Estimaban u$s 2000 millones de intervención hasta las elecciones





El cepo al dólar tiene una nueva versión: ahora en el contado con liquidación, ya que el Banco Central de la Republica Argentina (BCRA) salió a prohibir mandar dólares al exterior a cuentas de terceros.





En realidad, hilando fino, es para controlar el volumen del contado con liquidación, y para que el Central no gaste tantos dólares de sus reservas en salir a subsidiar el precio.





Estimaban u$s 2000 millones de intervención hasta las elecciones, y si hay algo que el presidente del BCRA, Miguel Pesce, cuida como nadie son las reservas de la entidad. Por lo tanto, se estima que estas medidas harán caer el volumen operado del dólar contado con liqui, lo que puede provocar además una estabilización en su precio.





Desde ahora, para hacer CCL, los ahorristas van a poder pasar los fondos a la Alyc, donde se hace la compra de bonos, y si se hace la liquidación de esos bonos en divisas, esos dólares tienen que acreditarse en la cuenta del banco.





Para hacer CCL, hay que tener la cuenta en el exterior a nombre de uno, no podrá pagarse a terceros. Existen antecedentes de cierre de cuentas de casas de cambio en Nueva York por la opacidad de las operaciones.





Poder de policía





Las tareas de supervisión de operaciones en el mercado financiero desarrolladas por los organismos reguladores detectaron prácticas que dificultaban el seguimiento de la ruta de los fondos, los que podría dar origen a denuncias ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
También se comprobaron operaciones que facilitaban en algunos casos la elusión y en otros la evasión de impuestos, que serán investigadas por la AFIP.





Maniobras fraudulentas





El BCRA detectó que algunos inversores hacían CCL y dejaban los fondos en una cuenta de la Alyc en el exterior y después en la declaración jurada ponían que tenían un crédito con la Alyc y no pagaban tributos por esos dólares en el exterior, ni pagaban el impuesto a los débitos y créditos.
La norma dispone que las operaciones de compra venta de títulos valores que se realicen con liquidación en moneda extranjera deberán abonarse por alguno de los siguientes mecanismos:





Mediante transferencia de fondos desde y hacia cuentas a la vista a nombre del cliente en entidades financieras locales.





Contra cable sobre cuentas bancarias a nombre del cliente en una entidad del exterior que no esté constituida en países o territorios donde no se aplican, o no lo hacen de manera suficiente, las recomendaciones del GAFI.





En ningún caso, se permitirá la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera o su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros.





Prohibiciones





En ningún caso, se permitirá la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros.





Estas disposiciones adoptadas por el Directorio del BCRA se ajustan a los estándares internacionales de prevención del lavado de activos y elusión y evasión fiscal, otorgando mayor transparencia a las operaciones y mejorando su fiscalización por parte de los reguladores del sistema de pagos, del mercado de capitales, prevención de lavado de activos y tributarios, encontrándose alineadas con las recomendaciones de organismos internacionales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).





Una norma de características equivalentes estuvo vigente desde al año 2005 hasta su derogación una década más tarde.


Banco Central CEPO Dólares Exterior nacionales Titular

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web