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No sé renovará regulaciones distorsivas que discriminan la expansión del crédito al sector agropecuario

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso no renovar la circular que impone un mínimo en la tasa de financiamiento bancario a la que pueden acceder productores cuando mantienen un stock de soja superior a 5% de su producción. La norma, promulgada en septiembre de 2022, vence el 30 de este mes y fija un piso equivalente al 120% de la tasa de Política Monetaria.
Esta decisión constituye un paso más en el camino trazado por el BCRA con miras a normalizar el funcionamiento del sistema financiero y fomentar el crédito doméstico al sector privado productivo.
Esta adecuación normativa complementa otras medidas como la Comunicación A8043 del pasado 13 de junio, que flexibilizó las normas de crédito para el conjunto de entidades que califican como Grandes Empresas Exportadoras (GEE). En esa ocasión, se eliminaron restricciones al financiamiento en moneda extranjera, junto a otras actuaciones flexibilizadoras.
A medida que el BCRA avanza en la recuperación de la estabilidad macroeconómica, sus autoridades seguirán evaluando opciones para flexibilizar regulaciones distorsivas y discriminatorias, con el fin de facilitar el redireccionamiento del crédito bancario desde el sector público al sector privado productivo.

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