Sucesos

Medidas alternativas a un acusado de violencia de género

El Juez Javier Bottero durante la audiencia que se realizó vía zoom.

En horas de la mañana de este domingo, en los Tribunales de nuestra ciudad y presididas por el Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Carlos Bottero, se desarrollaron dos audiencias, una imputativa y la restante de medidas cautelares, solicitadas por la fiscal Favia Burella de la Sección de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas). La representante del MPA había acusado a Roberto Carlos B., de 45 años, nacido en Rafaela pero radicado actualmente en la zona rural de la localidad de Humberto Primo, de los delitos de lesiones dolosas doblemente calificadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género y lesiones leves dolosas.
Burella relató que el día 18 de abril pasado estando en la cama de la vivienda que el imputado compartía con su pareja en zona rural de Humberto, éste le propinó un golpe de puño en el rostro. A raíz de ello la hija de la mujer intentó interponerse siendo también agredida por el sujeto provocándole a ambas lesiones en el rostro.
A su turno el integrante del Servicio Provincial de la Defensa Penal, Dr. Adrián Rocca, aconsejó no declarar a su cliente por lo que la fiscal manifestó seguidamente, que las partes habían arribado a un acuerdo para efectuar de manera inmediata la audiencia cautelar, en la que acordaron la libertad del sujeto bajo el cumplimiento de medidas alternativas, teniendo en cuenta que no posee antecedentes y que tampoco se pretendía que perdiera su trabajo en un tambo de esa zona rural.
En consecuencia y ante la anuencia de magistrado, el acusado se comprometió a fijar domicilio allí en la zona rural de Humberto donde ocurrió el hecho (debido a que la mujer y su hija se retiraron de la casa luego de la agresión); prohibición de contacto y acercamiento a las víctimas y presentarse al Ministerio Público de la Acusación cuando le sea requerido.
Por su parte la víctima le solicitó al juez que el individuo cumpla con lo prometido y en caso de querer ver a los dos hijos menores que tienen en común, sea con una persona que esté presente en el momento de suceder lo mencionado.

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