Mediante el Decreto 533/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la nueva ley de Alquileres que fue aprobada por el Congreso la semana pasada. La nueva norma establece que los contratos mantendrán una duración de tres años, se pactarán en pesos y se actualizarán cada seis meses, usando el Índice "Casa Propia".
La nueva normativa, sancionada la semana pasada por el la Cámara de Diputados, comenzará a regir a partir de mañana, de acuerdo con lo dispuesto por la norma, promulgada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
Plazos del contrato y actualización
La nueva ley de Alquileres mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, contrariamente a la normativa que estaba vigente que permitía una sola actualización por año del valor del alquiler.
Ajuste de alquileres: cómo se aplica la fórmula
Para los nuevos contratos se establecerá la aplicación del índice "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, que se usa desde 2021 para calcular el ajuste de las cuotas de los créditos hipotecarios Casa Propia y Procrear II.
Después de más de dos años de debates y proyectos la ley de alquileres sancionada en 2020 tendrá cambios.La fórmula tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. El mismo estará "conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,90 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) publicado por el Banco Central (BCRA).
Alquileres: ¿se puede hacer contratos en dólares?
El nuevo texto de la norma aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse siempre en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
Beneficios impositivos para propietarios e inquilinos
También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al Monotributo, al disponer que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago de la cuota del Monotributo". Por otra parte, se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados". En tanto, quedó plasmado otro beneficio según el cual "las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".
Ley de Alquileres: punto por punto, los cambios clave
Los cambios de la norma tras la reforma son los siguientes:
Alquileres en pesos: la norma establece de manera clara que el precio de los alquileres debe expresarse en moneda nacional, y la publicidad de propiedades para alquilar no podrá mencionar otra moneda que no sea el peso argentino.
Los contratos de alquiler suscriptos a partir de mañana deberán tener un plazo mínimo de tres años
Actualización semestral de alquileres: en cuanto a la actualización de los alquileres, se introduce un cambio significativo. A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses. En consecuencia, los inquilinos tendrán así dos incrementos del precio al año en lugar de uno.
Nueva fórmula de cálculo de la actualización de alquileres: la fórmula Casa Propia considera el indicador más bajo entre el promedio de la variación salarial anual y el promedio de la inflación durante el mismo período. Además, se incorpora un Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9, lo que significa que solo se tomará el 90% del promedio de la variación salarial. (Aire Digital)