En fecha 14 de febrero de 2024, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, emitió un fallo -en la misma línea que la Corte Suprema de la Nación- reconociendo la libertad sindical y la facultad de cada sindicato de trabajadores municipales de llevar adelante su propio programa de acción, poniendo punto final a la Ley 9996.
En el texto se declara admisible la inconstitucionalidad de la Ley 9996 debido a que los sindicatos de primer grado ven frustrado su derecho a la autonomía y autodeterminación para desarrollar el derecho a la negociación colectiva.
Específicamente, la Ley 9996 contraría lo normado por el Art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional, al oponerse a la prioridad que el Art. 35 de la Ley Nacional 23551 otorga al sindicato de primer grado por sobre las federaciones de segundo grado. En términos de la organización federal del país, menoscaba el principio de autonomía municipal establecido por los Arts. 5° y 123 de la Constitución Nacional.
Negociación colectiva
Este fallo es fundamental porque inaugura una nueva etapa en la negociación colectiva a nivel provincial.
Recientemente fue el mismo Ministerio de Trabajo quien convocó a la Alianza Intersindical conformada por los sindicatos municipales de Rosario, Rafaela y Santa Fe a discutir paritarias en el organismo oficial, legitimando el rol principal de las organizaciones de base en la representación de sus afiliados.
A nivel local
Este importante fallo fue analizado este jueves en reunión de delegados de SEOM. El Sindicato de Empleados y Obreros Municipales de SEOM es uno de los tres gremios fundadores de la Alianza Intersindical, junto con ASOEM Santa Fe y STMR Rosario, además de llevar adelante su propia Mesa Territorial. En estos ámbitos de negociación, SEOM ha alcanzado importantes logros por encima de la legislación, destacándose una escala salarial superior a la base provincial y la movilidad en las Asignaciones Familiares, una conquista del año pasado que representa un apoyo significativo para las familias municipales.