Apartir de 2023, en Argentina estará prohibido el uso de productos fitosanitarios formulados a base de Clorpirifós etil y Clorpirifós metil.
Así lo establece la resolución 414/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
En concreto, el organismo sanitario dispuso la prohibición para importar este principio activo a partir de los próximos 45 días, la prohibición para elaborarlo y fraccionarlo a nivel local en un plazo máximo de 90 días, y la prohibición de comercialización y uso a partir de los 455 días desde que entre en vigencia esta resolución.
"Desde esa fecha, se producirá la baja automática de los registros de principios activos y de los productos fitosanitarios que contengan Clorpirifós etil y Clorpirifós metil, en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal a cargo de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa", señala el texto normativo.
La única excepción para estas disposiciones son aquellos casos en que este agroquímico sea fabricado para su exportación.
Asimismo, la decisión del Senasa incluye una reducción de los límites máximos de residuos (LMR) que pueden contener los alimentos que hayan sido tratados con Clorpirifós en su proceso productivo.
"Se fija en 0,01 miligramos por kilogramo el límite de determinación de Clorpirifós etil y de Clorpirifós metil para todos los productos y subproductos agropecuarios que se importen o produzcan localmente para consumo interno, a partir de los 575 días de entrada en vigencia de la presente resolución", precisa el documento.
Fundamentos
En los considerandos de la resolución, el Senasa explica que "el principio activo Clorpirifós está siendo sometido a procesos de revisión de registro en muchas agencias regulatorias del mundo".
En ese marco, la Dirección de Agroquímicos y Biológicos "ha realizado una revisión integral de antecedentes científicos sobre los riesgos para la salud humana asociados a esta sustancia activa", que "incluyó los resultados de nuevos estudios de toxicología crónica".
"Como resultado de la revisión de antecedentes, la mencionada Dirección actualizó los parámetros toxicológicos crónicos y los coeficientes de seguridad que determinan la ingesta diaria admisible utilizada para realizar los análisis de riesgo al consumidor, de los usos aprobados del Clorpirifós. Como resultado del análisis, resulta necesario restringir los usos agrícolas aprobados", agrega el texto.
Con respecto a los nuevos LMR, el Senasa recuerda que los límites impuestos por distintas agencias regulatorias del mundo para este insecticida, "son incompatibles con las prácticas de protección de cultivos registradas en Argentina para dicho principio activo, lo cual impide el acceso de muchos productos de origen vegetal a numerosos mercados, o resta competitividad comercial a nuestras exportaciones".