Sucesos

En un abreviado condenaron a quien transportaba droga en Villa Minetti

La audiencia se desarrolló vía Zoom siendo presidida por el Juez Federal Marcelo Bailaque. En la ocasión fue condenada Daiana Micaela Aguirre a la pena unificada de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo bajo la modalidad del arresto domiciliario con la portación de un dispositivo electrónico (tobillera). La mujer había sido detenida en un control realizado en la Ruta 292 cerca del acceso a la localidad de Villa Minetti, en el departamento Nueve de Julio, transportando casi un kilogramo de marihuana. Además le impusieron una multa de $10.000. Diario CASTELLANOS participó de la misma como único medio.
En horas de la mañana de este martes, en la Sala de Audiencias del Juzgado Federal de nuestra ciudad, se desarrolló una audiencia de juicio abreviado, presidida por el Juez Federal subrogante del Juzgado Federal de Rafaela, Dr. Marcelo Bailaque. Durante la misma, y tras un acuerdo al que arribaron el Fiscal Federal coadyuvante de Rafaela, Dr. Federico Grimm y el Defensor Público Oficial coadyuvante, Dr. Francisco García Rossi, fue condenada a la pena de tres años y medio de prisión de cumplimiento efectivo Daiana Micaela Aguirre, quien había sido detenida el 26 de mayo pasado durante un control efectuado en la Ruta 292 en cercanías de la localidad de Villa Minetti, departamento Nueve de Julio, transportando en un automóvil Fiat Uno, aproximadamente un kilogramo de marihuana. A la mujer en su momento, durante la audiencia imputativa el Fiscal Grimm la había acusado de Tenencia de estupefacientes y había solicitado la prisión preventiva porque la imputada ya estaba cumpliendo una condena anterior aplicada por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe (del viejo sistema) bajo la modalidad del arresto domiciliario, algo que obviamente había incumplido.
Ahora, además de la condena a tres años y medio, las partes dispusieron unificar la pena con la anterior, siendo finalmente condenada a cinco años de cárcel, pero nuevamente con arresto domiciliario, aunque ahora le colocarán un dispositivo electrónico (tobillera), debiendo también pagar una resarcimiento económico de diez mil pesos. Al hacer uso de la palabra el Defensor Público Oficial coadyuvante Dr. Francisco García Rossi, manifestó su conformidad con el acuerdo alcanzado, manifestando también sentirse orgulloso por poder participar de esta nueva instancia que promueve la justicia federal desde el 6 de mayo pasado.
Homologación
Tras escuchar a las partes, el magistrado resolvió: 1) Homologar el acuerdo arribado en los términos de los artículos 323, 324 y 325 del Código Procesal Penal Federal; 2) Condenar a Daiana Micaela Aguirre como autora responsable del delito de Tenencia simple de estupefacientes (artículo 14 primer párrafo de la Ley 23.737), a la pena de tres años y seis meses de prisión y abonar en concepto de multa, la suma acordada de $10.000. 3) Unificar la pena dictada en la presente causa con la impuesta en fecha 28 de junio de 2023 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad de Santa Fe, fijándose como pena única la de cinco años de prisión (como lo dispones el artículo 58 del Código Penal). Se dispone que el cumplimiento de la pena se realice bajo la modalidad de la prisión domiciliaria con la implementación de un dispositivo de vigilancia electrónica a la imputada en el domicilio de la encausada. Se procederá entonces al inmediato traslado de la imputada para que se efectúe la colocación del dispositivo; también se imponen las costas del juicio a la señora Aguirre; la Dirección de Sentencia de Ejecución Penal estará a cargo de la gestión de la implementación del dispositivo de vigilancia electrónica y la supervisación del efectivo cumplimiento de la prisión domiciliaria. Se dispone la destrucción del material estupefaciente; la devolución del dinero incautado a su titular, previo el descuento de los diez mil pesos que fueron acordados en concepto de multa; como así también desde la Oficina de Gestión Judicial se realicen las notificaciones pertinentes.

Autor: 286763|
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