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Empleo doméstico: cómo acceder al programa Registradas que subsidia hasta el 50% del salario


17.46 La abogada Romina Díaz brindó todos los detalles del nuevo programa del gobierno nacional, cuándo comenzará la inscripción, de cuánto será el subsidio, y cuáles son los requisitos del plan.





El Gobierno Nacional anunció el lanzamiento del programa "Registradas", apuntado a promover el acceso y la permanencia del empleo de las trabajadoras de casas particulares, garantizar sus derechos y su inclusión financiera. Este plan viene acompañado de un subsidio por parte del Estado para incentivar a los empleadores a formalizar a sus empleadas domésticas. 





Es un programa que fue anunciado recientemente pero ya comienza a tener repercusiones, principalmente por algunos de sus requisitos. Para saber más al respecto, Diario CASTELLANOS dialogó con la abogada Romina Díaz, quien detalló que "este plan pretende subsidiar un porcentaje del haber del personal para alentar a la gente que ya los tiene trabajando pero no los tiene inscripto a hacer la inscripción correspondiente, que quiere decir hacer el alta en AFIP y pagarle los aportes correspondientes a obra social, jubilación y ART; los beneficios que tiene el empleado con la inscripción es acceder a una cobertura de salud, una obra social, y el día de mañana poder acceder a una jubilación".





Según los anuncios del Gobierno, porque el programa aún no se lanzó concretamente, en principio la opción de adherirse al plan va a estar entre octubre y diciembre del 2021, "es decir que todo empleador que cumpla con los requisitos y de altas entre los meses de octubre y diciembre recibiría por parte del Gobierno y por un plazo de seis meses entre el 50% y el 30% del haber que le corresponda a la empleada o empleado", informó la abogada. 





El porcentaje que se otorgue al empleador, quien contrata, va a variar según el ingreso que este perciba, para acceder al 50% tiene que cobrar mensualmente menos del 70% del mínimo no imponible (82 mil pesos aproximadamente), y para acceder al 30% no puede superar el mínimo no imponible de ganancias por lo cual tiene que tener una remuneración mensual no superior a 112 mil pesos. Estos son los requisitos principales respecto al empleador que le permitirán ingresar o no al régimen. 





Cabe aclarar que este dinero otorgado por parte del Estado no es un préstamo, es decir que el empleador no va a tener que devolverlo, sino que "es una ayuda económica que da el Gobierno por seis meses y lo único que exige es que luego de los seis meses de ayuda en el pago de los haberes se mantenga por cuatro meses el puesto de trabajo, que también es cuestionable porque hay que evaluar si se justifica la inversión de seis meses de salario de los empleados para pedir que el puesto de trabajo se mantenga sólo por cuatro meses, es un gasto importante para garantizar un puesto de trabajo por diez meses", expresó la abogada.





Otro punto a tener en cuenta es que el empleador puede tomar el beneficio por un solo empleado, si inscribe un segundo empleado o si en este momento ya tiene inscripto un personal doméstico no puede hacer uso del beneficio. Esto es bastante cuestionado, porque "termina siendo un subsidio para gente que venía haciendo las cosas mal, porque la verdad que hay empleadores que tienen a sus empleadas correctamente inscriptas, que han soportado el período de pandemia abonándoles el salario como correspondía sin que vayan a trabajar y no han recibido ningún tipo de beneficio o ayuda económica y ahora se encuentran con esta situación de que el gobierno le pagará por seis meses a gente que tenía a sus trabajadores en la informalidad. Es un poco cuestionable la medida pero vamos a ver los fundamentos cuando salga la reglamentación para ver si queda más claro", manifestó Díaz. 





Un tercer requisito que debe cumplirse para ser parte del programa es que el trabajador o trabajadora tiene que trabajar para un mismo empleador un mínimo de 12 horas semanales. Si trabaja menos horas no pueden ingresar. Hay empleadas que trabajan para varios empleadores y sumando todas las horas de trabajo alcanzan las 12 horas, pero el requisito es que sean 12 horas para el mismo empleador. Y si una misma trabajadora trabaja 12 horas para dos empleadores diferentes, solamente uno de sus empleadores puede hacer uso del beneficio, no puede la misma empleada ser utilizada para el beneficio de más de un empleador; según detalló la abogada.





De la misma manera, si una trabajadora que trabaja en distintos domicilios y entre todos quieren blanquearla para que llegue a lo requerido, tampoco es posible, porque "cada uno lo tiene que hacer de forma particular y aportar lo que corresponde, para que cada uno tenga la cobertura particular de ART. La forma correcta es que cada uno haga el aporte por su cuenta", explicó; y manifestó que "tendría que haber una opción intermedia, de unificación, para que se pueda llegar al aporte integral, pero en este momento no está planteado de esa manera. Hoy cada empleador tiene que hacer su aporte particular y la empleada si quiere cubrirlo con un formulario que existe específicamente para eso, lo paga de forma personal". 





Trabajo informal





Por otra parte, hizo referencia a la informalidad que hay en este sector, que está bastante presente, y consideró que llegaron a la conclusión de que generalmente tiene que ver a la desinformación, "tal vez el empleador considera que es un régimen que difiere del régimen general, el régimen general tener un empleado o una empresa tiene costos bastante superiores que tener una empleada doméstica, hoy estamos hablando de un aporte contribución promedio de 2.500 pesos, con eso tienen cobertura íntegra de obra social, el aporte completo a la jubilación y cobertura de ART; por este monto el empleador puede tener la tranquilidad de que tiene en condiciones óptimas a su empleado y que tiene una cobertura que le garantiza que si ese empleado o empleada le ocurre algo trabajando en su casa o en el traslado a su propio hogar tiene la cobertura correspondiente, que no es menor", explicó. 





Este monto de 2.500 pesos no es según promedio, sino que es lo máximo que se abona para las trabajadoras que hacen más de 16 horas semanales. Hay tres rangos diferentes de aportes, que varían de acuerdo a la jornada de las empleadas, si hacen menos de 12 horas, entre 12 y 16 horas semanales, y más de 16 horas. Los 2.500 pesos son el valor íntegro, porque el empleador no tiene la obligación de hacer el aporte completo a la obra social y a la jubilación, si el empleado trabaja menos de 12 horas hace el aporte correspondiente que figura en tabla, según ley, en AFIP. Con ese aporte, la trabajadora o trabajador no tiene acceso a la obra social o  a la jubilación, para acceder a los mismos tiene que hacer un aporte complementario; en cambio, con los 2.500 pesos tienen acceso a todos los beneficios. 





La abogada contó que por el momento no ha percibido muchas consultas respecto al programa, debido a que es información que salió el domingo y la gente recién está teniendo acceso. "Hemos tenido consultas generales pero nadie se ha acercado todavía con la necesidad de inscribir a su empleado, supongo que cuando haya más información van a ir acercándose", concluyó Romina Díaz.


















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