El Senado aprobó esta tarde por unanimidad la Ley Lucio, que busca prevenir la violencia y los abusos en la infancia, impulsada tras el caso del niño de cinco años asesinado a golpes en La Pampa, por el que fueron su madre y la pareja.
La ley enfatiza en el deber de comunicar una vulneración o amenaza de derechos y el deber de recibir y tramitar una denuncia por parte del funcionario público, conforme lo establecido en la ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) y la Ley 27.455 de Abuso en la Infancia.
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El proyecto de ley surgió tras el asesinato de Lucio en noviembre de 2021 en Santa Rosa, La Pampa, hecho por el que fueron condenadas su mamá, Magdalena Espósito Valenti, y su pareja, Abigail Páez
Diez senadores de las distintas bancadas se anotaron en las lista de oradores para exponer sobre esta iniciativa aprobada esta tarde por unanimidad. En representación del Frente de Todos (FdT), el primer orador, el senador Daniel Bensusán (La Pampa), ahondó en la importancia de legislar sobre el tema para evitar que se repita la violencia que se ejerció contra Lucio Dupuy.
“La violencia de nuestras infancias atraviesa toda la sociedad y nos interpela a quienes tenemos responsabilidades institucionales y políticas”, alertó Bensusán a lo largo de su discurso al reclamara que “se dejen de meter bajo la alfombra (este tipo de hechos)”.
Por la oposición, María Belén Tapia, senadora por Santa Cruz, dijo que el abuelo de Lucio fue “un ejemplo” porque “sacó fuerzas de donde tal vez no sabía que las tenía” al pedir justicia y recordó que todos los espacios políticos “tienen intenciones de legislar” sobre este tipo de casos desde hace tiempo.
Participaron del debate en el recinto el abuelo del niño, Ramón Dupuy, quien arribó al Congreso junto a otros familiares y miembros de asociaciones que buscan la aprobación de la ley sobre el lenguaje de señas.
La ley
La llamada Ley Lucio que busca prevenir la violencia y abuso en la infancia establece capacitaciones continuas y obligatorias, campañas de concientización y mayor presupuesto.
El proyecto crea el Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) -plan que le da nombre a la ley- dirigido a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
La capacitación prevista puede extenderse a administraciones provinciales y municipales y organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales. La Senaf, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, será la autoridad de aplicación de la ley, por lo que tendrá una “obligación inmediata y directa” en las capacitaciones y campañas de concientización que deberán realizarse, en lo que ya cuentan con “cierta experiencia acumulada”.
Uno de los artículos de la ley plantea, además, la creación de campañas de concientización para que toda la población se involucre en la promoción y defensa de los derechos de NNyA.
Asimismo, otro eje central es la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración, procurando “la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad”.
El juicio
A mediados de febrero el Tribunal de Audiencias de Santa Rosa condenó a la pena de prisión perpetua a Magdalena Espósito Valenti y a Abigail Páez, las dos mujeres encontradas culpables del homicidio de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado a golpes en La Pampa.
Espósito Valenti, de 27 años, es la madre de la víctima. El Tribunal de Audiencias de Santa Rosa la encontró culpable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento, por lo que recibirá la condena de prisión perpetua cuando se fije la pena. Sin embargo, fue absuelta de la acusación de abuso sexual.
Páez, de 28 años, es la novia de Espósito Valenti. Los jueces Alejandra Ongaro, Aníbal Olié y Daniel Sáez Zamora la encontraron culpable de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente.
Según el fallo del tribunal, las dos acusadas participaron de la golpiza mortal y el niño sufrió puñetazos, patadas y palazos, además de un pisotón en la espalda por parte de Páez, que le provocó lesiones internas. (La Nación)