El Papa Francisco tomó medidas para definir mejor la gestión de gastos de los dicasterios vaticanos y mejorar la transparencia en las adquisiciones, lo hizo mediante dos documentos publicados este martes 16 de enero por la Santa Sede.
A través de dos motu proprio, "acerca del límite y el modo de la administración ordinaria" en el Vaticano, el Santo Padre, considera "la necesidad de determinar mejor el modo de la administración ordinaria" en la Santa Sede, pide promover "la flexibilidad, el dinamismo y una transparente eficiencia en el desempeño de las funciones de las Instituciones curiales".
Con estos dos nuevos documentos, el Papa refuerza los controles sobre las licitaciones y los gastos de los diferentes dicasterios, que a partir de ahora deben solicitar la aprobación de la Secretaría de Economía cuando un coste supere el 2 % de los gastos total anuales del propio organismo.
Tras la publicación de "Praedicate evangelium", la constitución apostólica que reformó la Curia romana, el Santo Padre tiene claro que "para armonizar mejor el ejercicio actual del servicio de la Curia con el camino de evangelización que la Iglesia está viviendo", hay que proseguir favoreciendo "la transparencia, el control y la competencia en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos, para permitir una aplicación más eficaz".
"El principio de subsidiariedad en la gestión de los bienes temporales de la Sede Apostólica […]garantiza una sana autonomía de los Entes que están puestos bajo su vigilancia, los cuales deben actuar con la 'diligencia de un buen padre de familia' y, por otra, consiente a las autoridades que están encargadas de controlar y vigilar el cumplimiento de sus propias funciones institucionales", se puede leer en el motu propio.
En conformidad con lo dispuesto en la constitución apostólica y por lo que respecta "al criterio del valor para determinar qué actos realizados por los Entes que supervisa el Consejo de Asuntos Económicos requieren, ad validitatem, la aprobación del prefecto de la Secretaría de Asuntos Económicos, este Consejo establece dicho criterio de manera proporcional a la capacidad financiera de los Entes".
Teniendo esto en cuenta, el motu propio establece que "dicha aprobación debe solicitarse cuando el acto supera el 2% de la cifra resultante de la media calculada sobre el total de los costes del Ente que lo requiera, tal como resulta en los balances anuales aprobados relativos a los últimos tres años. De todas formas, para los actos cuyo valor sea inferior a 150.000,00 euros no se necesita aprobación".
En otro punto del documento se fija en 30 días el límite para recibir la aprobación, más allá del cual incluso la falta de respuesta equivale a la concesión de la solicitud, y en cualquier caso se indica que este procedimiento "debe concluir en un plazo máximo de 40 días".
"El procedimiento de aprobación ad validitatem de los actos de administración extraordinaria debe concluirse dentro de los treinta días a partir de la notificación. La falta de respuesta dentro de dicho plazo equivale a la concesión de la instancia, a no ser que se haya solicitado que se completen los trámites o la documentación. De todas formas, el procedimiento se debe concluir en un plazo máximo de cuarenta días", indica el motu propio.
En esta nueva normativa, se precisa que serán excluidos de las licitaciones personas o sociedades que "han incumplido las obligaciones relativas a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, según la ley o los convenios colectivos aplicables". También quedan excluidos de las licitaciones del Vaticano quienes residan en jurisdicciones "de alto riesgo de blanqueo de dinero, financiación del terrorismo y/o proliferación de armas de destrucción masiva, identificadas por la Autoridad de Supervisión e Información Financiera en el ejercicio de su actividad institucional".
Con la segunda carta en forma de motu proprio, el Papa interviene para definir aún más la normativa que regula el código de contratación vaticano promulgado en 2020.
En particular, el Santo Padre redefine en cuatro puntos con respecto a 2020, los objetivos perseguidos por la normativa, en conformidad, dice, "con los principios de la Doctrina Social de la Iglesia, el ordenamiento canónico de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano y la carta Encíclica Laudato si".
Los cuatro puntos se refieren a "la utilización sostenible de los fondos internos", "la transparencia del procedimiento de adjudicación", "la igualdad de trato y la no discriminación de los licitadores" y "la promoción de una competencia efectiva entre los licitadores, en particular mediante medidas contra los acuerdos de competencia ilícita y la corrupción".