En el marco de las nuevas medidas impositivas que abarca la Ley 27.737 o Reforma Fiscal, el impuesto a las ganancias está alcanzando a los jubilados. La Dra. María Eugenia Baruchelli, del estudio jurídico de Marisol Escandell, dialogó con CASTELLANOS para explicar la situación respecto a estas medidas que generaron una gran cantidad de consultas al Estudio por parte de los jubilados.
La Dra. Baruchelli explicó de qué los jubilados que alcanzan el piso de los $1.800.000 están sufriendo grandes descuentos y que, si bien cada caso es particular, hay una forma de frenarlos. Para evaluar cada caso, la abogada explicó que se les pide a los clientes los últimos tres recibos de haberes y a partir de allí comienzan con el juicio de amparo en el Juzgado Federal de Rafaela. La Dra. Aclaró que en ningún caso se tienen en cuenta las propiedades o los automóviles.
“A través de una medida cautelar solicitamos que se le deje de descontar a la persona este impuesto a las ganancias y tenemos que oficiar a las cajas teniendo en cuenta que podemos iniciarlo tanto para jubilados de la nación como para jubilados de la provincia. Entonces los oficios para notificar a las cajas y que dejen de hacer estas deducciones van a depender de si es nacional o si es provincial; y siempre debemos tener en cuenta que el juicio va contra AFIP que es quien hace las retenciones”, explicó Baruchelli, quien aclaró que estos casos se facilitan debido a la cantidad de jurisprudencia que hay.
Respecto al tiempo que lleva este proceso, Baruchelli declaró lo siguiente: “el juicio de amparo justamente en lo que es las vías judiciales es uno de los juicios más rápidos. Con la medida cautelar más o menos en lo que son dos o tres meses ya la tenemos favorable, así que desde que iniciamos en dos o tres meses tenemos favorable la medida cautelar”. Y añadió: “Si bien el proceso continúa porque tenemos que seguir aportando pruebas o algunas cuestiones, lleva su tiempo, AFIP apela las medidas, pero lo importante es que en cuestión de dos o tres meses tenemos la medida cautelar favorable que inmediatamente hace que te dejen de descontar hasta que esté la sentencia definitiva. Vas a estar hasta que termine el proceso sin que te descuenten y si después tenemos la sentencia definitiva favorable ya ahí no te van a descontar de por vida”.