En dicha reunión, los delegados de las instituciones afiliadas elegirán las nuevas autoridades de la casa madre liguista y se aprobarán los reglamentos de los campeonatos del 2023.
Liga Rafaelina de Fútbol comenzó con la entrega de los llamados a los clubes para participar de la Asamblea General Ordinaria pautada para el próximo lunes 13 de febrero a las 20:00 hs.
A continuación, la Orden del Día para dicha jornada:
1º) Designación de un delegado asambleísta para actuar como Secretario de la Asamblea.
2º) Designación de dos delegados asambleístas para conformar la Comisión de Poderes, los cuales deberán verificar las credenciales, actuar como escrutadores y firmar el Acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.
3º) Lectura y aprobación del Acta de la Asamblea General Ordinaria anterior:
4º) Consideración de la Memoria y Balance del ejercicio cerrado el 31-12-2022.
5º) Elección por el término de dos años de: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, Síndico Titular y Síndico Suplente, en reemplazo de los sres: Zbrun, Fabián Bernabé; Manfredi, Fernando José; Piovano, Daniel Ángel; Sereno, Gustavo Héctor; Barberis, Pablo Hernán; Sosa, Gabriel Adrián; Valler, Hugo Román; Vanlangenhove, Clemar Alcides; por terminación de mandato.
Y Presidente, Secretario, Vocal Titular y dos vocales suplentes del Honorable Tribunal de Penas en reemplazo de los Sres: Gaido, Fernando; Fercodini, Fernando; Biederbost Andrés; Lovaiza, Juan M.; y Fontanini, Franco; por terminación de mandato.
Y Presidente, Secretario, Vocal Titular y dos vocales suplentes de la Comisión Neutral de Árbitros en reemplazo de los Sres: Alassia, Sergio; Turco, Lucio; Martínez, Raúl; Galeano, Norberto; Heit, Atilio; por terminación de mandato.
6°) Aprobación modificación Art. 177 Reglamento de la LRF s/ Bol. Oficial 2.906 de fecha 07/06/2022.
7º) Torneos Oficiales 2023-Aprobación Reglamentos Primera "A" y Primera "B". Definir fechas de inicio.
Art. 11º (Estatuto): el Club afiliado que no envié delegado a la Asamblea será sancionado con una multa que todos los años fijara el Consejo Directivo dentro de las primeras cinco (5) reuniones y con destino a las arcas de la Liga. La multa aplicada no podrá ser condonada ni aún por Asamblea.
Art. 17 (Estatuto): La Asamblea tendrá quórum valido para sesionar con la presencia de la mitad más uno del número total de las Entidades Afiliadas hasta pasada media hora fijada. Una hora después de la establecida en la convocatoria podrá la Asamblea sesionar válidamente con cualquier número de miembros asistentes.
Art. 42º (Estatuto): inciso "f": estar al día con Tesorería y afiliación, 24 horas antes de la señalada por la Asamblea.