Durante casi 7 horas la Fiscalía y la defensa presentaron sus palabras finales antes del veredicto. El MPA se basó en el relato de la denunciante y la defensa señaló las inconsistencias del mismo frente a las testigos presenciales.
Ayer se realizaron los alegatos de clausura en el juicio del "Caso Pilar", la causa por la cual hay 10 sujetos acusados por presunto abuso sexual en grupo a una menor de 16 años.
De manera imprevista se ordenó que la prensa no ingresara a la sala de audiencias y siguiera los acontecimientos desde otro piso del edificio de forma remota a través de Zoom. Adicionalmente le fue negado a los medios poder visualizar las declaraciones de los acusados y de la pretensa víctima, que también tuvieron lugar previo a los alegatos. Estas disposiciones contrarias al principio de publicidad generaron un evidente malestar entre algunos periodistas presentes que se retiraron del lugar manifestando su queja a los representantes de la Oficina de Gestión Judicial.
Sin derecho a votar
Según se pudo saber los imputados hablaron todos frente a los jueces, excepto uno de ellos que por su estado emocional no pudo hacerlo. Algunas de las frases vertidas que se conocieron fueron: "Hace dos años que estoy preso por algo que no hice"; "Mi vida depende de ustedes, mi vida está en sus manos"; "Se nos ha tratado como animales. Dos años nos pasamos sin ser personas. No tuvimos ni siquiera derecho a votar".
Minutos más tarde se comenzaron a proyectar las imágenes de los alegatos y de a poco los comunicadores fueron regresando a la biblioteca de Tribunales devenida en sala de prensa. Con ciertas dificultades técnicas para poder escuchar con facilidad se pudo seguir luego los alegatos a través de la pantalla instalada en el lugar.
Cierre de la Fiscalía
En primer lugar tomó la palabra la fiscal, Dra. Shirli Tomasso, quien comenzó pidiendo que intervengan los Tribunales de Ética de los Colegios donde están matriculados todos los defensores por lo que ella consideró actitudes inapropiadas y faltas de respeto hacia el tribunal y los testigos. Luego comenzó su alegato de clausura asegurando que el Ministerio Público de la Acusación (MPA) había podido probar que los acusados cometieron el delito que se les imputa. Para esto se basó principalmente en el relato de la pretensa víctima, sumado a lo declarado por testigos de oídas como su madre y un amigo (entre otros más). Se hizo hincapié en la coherencia entre estos testimonios.
También la fiscal Tomasso dijo que los acusados se habían apropiado del cuerpo de la presunta víctima y que la habían despojado de toda dignidad. Dijo que el accionar de los imputados correspondió a una "naturaleza bestial que hiela la sangre".
Asimismo citó como antecedente un fallo del juez de segunda instancia Dr. Matías Drivet en el que habla acerca del "no es no", diciendo que eso siempre debe ser entendido como una negativa al consentimiento. Finalmente, al igual que en el alegato de apertura volvió a pedir penas de 18 años de prisión para todos los acusados excepto para uno de ellos por el cual solicitó 20. Esto se debe a que esa persona habría estado involucrado en otro delito anterior ocurrido ese mismo año.
Cierre de las defensas
Luego de un cuarto intermedio el Dr. Torres del Sel pidió que el MPA realice una auditoría sobre el trabajo de la fiscal Shirli Tomasso por desconocimiento de las reglas de litigación. Los demás abogados también consideraron realizar más adelante acciones legales contra ella.
El primer alegato de la defensa estuvo a cargo de la Dra. Natalia Giordano quien comenzó su alocución con una frase tomada de los mensajes de WhatsApp de los acusados: “Ella tiene que decir la verdad, sí o sí”.
Enfatizó en que la fiscalía no pudo acreditar la participación de un menor de edad en los hechos, ya que no se habían presentado pruebas (como por ejemplo un certificado de nacimiento) requisito indispensable por el tipo de acusación realizada.
Le siguió el Dr. Juan Manuel Lovaiza quien entre otras cuestiones le pidió al tribunal que se base en la evidencia, utilizando una conocida frase del compositor Enrique Santos Discépolo que reza: “¡Mirá! ¡Yo puedo negar todo! ¡Vos podes negar todo! ¡Todos podemos negar todo! Pero hay algo que no se puede negar: la evidencia”.
Asimismo Lovaiza dijo que la verdad se reveló durante el debate incluso a través de la prueba ofrecida por los testigos comunes de la fiscalía, como los relatos de las mujeres que estuvieron presentes la noche de los hechos. Por esto criticó enfáticamente que el MPA haya hecho un recorte de la parte que más le servía de esos testimonios.
A continuación fue el turno del Dr. Marcos Barceló quien señaló el hecho de que aunque las tres chicas tomaron del mismo vaso, a ninguna de las otras dos les causó efectos similares a los declarados por la denunciante. También mencionó que no existieron pruebas de que ella haya continuado con el consumo de alcohol o marihuana dentro de las habitaciones.
Luego habló el Dr. Federico Scarinci quien aseguró que los relatos de las testigos no variaron durante los 5 años que duró el proceso, y al igual que el Dr. Lovaiza habló de recortes en los testimonios. También mencionó el trabajo de la psicóloga de la pretensa víctima explicando que a un tratamiento terapéutico no se le puede atribuir rigor científico.
Al momento de su intervención la Dra. Valentina Alesso habló de una memoria selectiva de la denunciante, marcando que se acordaba de algunas cosas pero de otras no. Dio como ejemplo el hecho de que no recordara cómo llego hasta su casa por la mañana, pero sí que tuviera bien presente que el auto le habría pisado el talón.
Por último hizo su alegato del Dr. Alejandro Otte quien también desmenuzó lo plantado por la fiscalía. Dijo que la base de la acusación hace a la observación y aplicación del Principio de Congruencia. Primero apuntó al estado de vulnerabilidad atribuido presuntamente a la ingesta de alcohol y marihuana. Dijo que no se produjo prueba para acreditar estas cuestiones que son de naturaleza técnica. Por ejemplo, resaltó la ausencia de un experto en toxicología que pudiera determinar los efectos de las sustancias y su capacidad real para generar somnolencia.
Continuó luego señalando la importancia de observar la falta de causalidad, es decir las dificultades del MPA para establecer la relación entre la causa (ingesta de sustancias) y el efecto (imposibilidad de dar consentimiento).
Por último el Dr. Otte criticó fuertemente que se quiera imponer una perspectiva de género discriminatoria donde se prioriza notablemente a aquellas mujeres que invocan para sí el carácter de víctimas por sobre las otras que testifican.
Veredicto
Según lo acordado por las partes, el veredicto será dado a conocer este miércoles en horario aún no establecido. De todas formas por los usos y costumbres se estima que esto pueda concretarse en un horario matutino cercano a las 08:00 am.