Sucesos

Caso Glaria: Milesi y Perea continuarán en libertad hasta que la condena quede firme

En la mañana de hoy, se realizó la audiencia de medida cautelar pedida por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) con respecto a los imputados Perea y Milesi. Considerando que habiendo sido efectivamente condenados a 4 años y medio de prisión efectiva ambos imputados, el peligro de fuga se consolida y, por ese motivo, es que solicitaron se dispongan las prisiones preventivas de ambos sujetos.
Las abogadas expresaron que habiendo pasado 3 años y 8 meses del hecho y “después de un juicio donde fueron condenados no podemos estar discutiendo la prisión preventiva porque no estamos en instancias preparatorias, estamos ante personas que han sido condenadas”. También, añadieron que el plazo de la prisión preventiva no debe exceder los 2 años y ya lo vienen cumpliendo desde 2020, y luego se dictaron medidas alternativas. “El MPA puede pedir la prisión preventiva en caso de la comisión de un nuevo delito, que no la hay; o que se demostrara el incumplimiento de las medidas alternativas, que en este caso no se han podido detectar; y tampoco hubo declaraciones de rebeldía porque siempre estuvieron a disposición” explicaron.
Desde el 27 dic 2021 hasta el 11 agosto 2023 que se dicta la sentencia de juicio no hubo ningún motivo para que se solicite que estas medidas alternativas caigan y se dicte una prisión preventiva, ya que no se demostraron peligros para la investigación ni peligro de fuga. “Si bien la sentencia a 4 años y 6 meses no está firme. Ya han cumplido 2 años privados de su libertad, y esto también debe tenerse presente”.
Teniendo en cuenta que procesos posteriores no hay, ya que es la única causa que han tenido en toda su vida, y ausencia de residencia fija tampoco hay, porque viven en los mismos domicilios donde cumplieron la domiciliaria. Sumado a que “Milesi tiene trabajo en blanco y vive con su guardadora, que es su hermana” y Perea tuvo un trabajo fijo de donde lo echaron mientras estaba en proceso de juicio, “es improcedente el pedido del fiscal y tampoco existe ningún motivo para sospechar el peligro de fuga. Estuvieron presentes en todas las audiencias, incluso cuando el pedido de pena era de 16 años por homicidio en ocasión de robo” expresó la abogada.
Frente a esto el Juez Stegmayer procedió a decir que “no habría impedimento de solicitar ni de ordenar las preventivas, por lo que el pedido de fiscalía no resulta improcedente ni ilegal”. Con la existencia de una sentencia condenatoria que no está firme, también podría existir el peligro de fuga.
No obstante, “estuvieron a derecho todo este tiempo, se presentaron, mantuvieron un comportamiento acorde, se solicitaron informes periódicos a los cuales ya se refirió la defensa, asistieron al juicio en libertad a pesar de que se les había puesto una alta pena en expectativa”.
Una vez condenados se presentaron a la audiencia en libertad. Y, además, debe tenerse en cuenta el período que ya estuvieron privados de su libertad. El juez valoró también que no hay violaciones de medidas, hay arraigo, residencia fija, trabajos fijos. Su conducta hasta aquí ha demostrado que no hay peligro de fuga. Por lo tanto, “deben ser cautelados con medidas de menor impacto. Disponer medidas alternativas para cautelar los riesgos: deberán fijar domicilio, comparecer semanalmente a la comisaria que se fije, mantenerse al cuidado de sus guardadores, y tendrán la prohibición de comunicarse con víctimas, familiares y testigos. Hasta que la condena quede firme van a seguir en libertad” concluyo el Juez Stegmayer.

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