El Directorio del Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress) convocó a la audiencia pública con el objeto de escuchar y recabar las opiniones de los interesados sobre la solicitud de aumento tarifario del 128% efectuada por Aguas Santafesinas S.A.
La empresa Aguas Santafesinas S.A. (ASSA), perteneciente al Estado provincial y que brinda el servicio de agua potable y cloacas en 15 de las principales ciudades de Santa Fe, solicitó a la Casa Gris un aumento de tarifa del 128% para 2024.
Por tal motivo, el Enress llamó a audiencia pública para tratar este pedido. Serán dos, la primera de ellas se celebrará el 27 de diciembre de 2023, a las 10, en la ciudad de Rosario; en la sede de la Gobernación (Santa Fe 1950).
Y al día siguiente, 28 de diciembre de 2023, a las 10, se realizará la audiencia en la ciudad de Santa Fe, en el auditorio de la Universidad Siglo XXI, ubicado sobre calle San Martín 2029.
El organismo informó que el "registro de Participantes se habilitará a partir del día 17 de diciembre, hasta el 26 de diciembre de 2023. En todos los casos la inscripción será libre y gratuita".
El registro para inscribirse a dichas audiencias se puede hacer de manera digital o también se podrá hacer de forma presencial en calle 25 de mayo 1951 de la ciudad de Santa Fe, Tel: 0342 4581893/4593181/4599888 y en calle Santa Fe 842 de la ciudad de Rosario, Tel: 0341 4490535/4498160.
Los interesados en participar de manera remota podrán realizarlo el día 28 de diciembre aclarando en la inscripción esta condición.
El registro de oradores será comunicado públicamente con 48 horas de antelación a la audiencia, junto a la nómina de participantes, orden de las exposiciones, nombre y cargo de quien preside y/o coordine la Audiencia.
Además se establece un tiempo máximo de 5 minutos para hacer uso de la palabra por cada orador particular y 10 minutos para quienes lo hagan en representación de asociaciones u organizaciones. Este tiempo máximo no rige para la autoridad convocante ni la empresa solicitante.
Quienes participen en representación de personas jurídicas, deberán acreditar haber sido designados para tales fines. De no ser así, se considerará como intervención de un particular.
Fuente: La Capital