Sucesos

Agente de la GUS comprometido en el caso que lo investiga como autor de abuso sexual

La Jueza, Cristina Fortunato mientras escucha una de las pruebas presentadas por la Fiscalía
Crédito: CASTELLANOS

En la mañana de este jueves, se llevó adelante la audiencia imputativa y de medidas cautelares a C.E.M.L., de 44 años, quien se desempeña como inspector de la Guarida Urbana de Sunchales, acusado como autor penalmente responsable de abuso sexual con acceso carnal a una menor de 12 años de edad, agravado por las circunstancia de convivencia. Tras los alegatos de la Fiscal, Favia Burella, la Jueza Dra. Cristina Fortunato dictó la prisión preventiva para el acusado mientras dure el proceso judicial. Además de la prisión preventiva, la Jueza ordenó que la custodia de la niña, hoy de 13 años, pase a ser de la abuela paterna.
Durante la audiencia, la fiscal que investiga la causa, detalló en profundidad como sucedieron todos los hechos e incluso complicó en gran medida al acusado al presentar pruebas irrefutables como audios, videos y capturas de conversaciones mantenidas por el acusado, quien intentó perpetrar la falsificación de una prueba de sangre por intermedio de un tercero haciéndolo pasar por él a cambio de una suma de dinero. Esto finalmente no se concretó, pero complicó a C.L. respecto a su posible autoría en el hecho.
Para la jueza se dan tres incisos del artículo 220, cumpliendo con apariencia de responsabilidad penal por la materialidad del hecho; la coincidencia con la calificación legal que presentó la fiscalía y entendiendo que en esta causa hay más que peligro de fuga, sino que lo que se presenta en esta oportunidad es una "patente y terrible" probabilidad de entorpecimiento probatorio.
Ante algunas irregularidades presentadas durante las pruebas solicitadas de extracción de sangre, la fiscal, Favia Burella solicitó que se vuelva a realizar las pruebas para cotejar las muestras de ADN.
El Hospital de Sunchales el primer eslabón
Para entender el entramado de esta situación, es importante aclarar que la joven que en ese tiempo tenía 12 años se encontraba residiendo en la vivienda de su padre con su abuela paterna y los fines de semana se dirigía a casa de su madre, B.C. quien mantenía una relación con C.L, todo esto en la ciudad de Sunchales.
La denuncia fue formulada por el área de Pediatría del Hospital Dr. Almicar Gorosito el 30 de mayo de 2024, luego de que la joven se haya presentado los días previos debido a dolores de panza, pero donde se le constató que contaba con un embarazada de 18 semanas.
Lo cierto es que la familia llevó a la joven a una consulta el día 27 de mayo, el día siguiente es internada y el 29 se le da el alta. Durante esas consultas, el área de pediatría constató que la joven se encontraba transitando este embarazo, situación que tomó por sorpresa a la familia y desde ese momento inició la investigación pertinente para develar lo ocurrido. Según las fechas aportadas, el abuso se habría cometido en el mes de febrero.
Todo lo relatado por la fiscal del caso da cuenta de una manipulación, al punto tal de que luego de develarse el embarazo, en esos primeros momentos, la joven reconoció que el supuesto padre de su bebé sería un sujeto que ella desconocía pero con quien habría mantenido relaciones sexuales, luego se contradijo y admitió que era otra persona, intentando en todo momento "cuidar" a su abusador.
Según la jueza, todo esto estuvo direccionado ante la "tremenda" vulnerabilidad de la niña que pudo haber sido manipulada.
El inicio
El hecho se habría originado en el mes de febrero cuando la madre de la joven junto a la pareja, C. E. M. L., y sus dos hijos adolescentes viajaron de vacaciones a la ciudad de Paraná.
Aparentemente allí y según las pruebas presentadas por la fiscal a través de entrevistas que mantuvo con la madre y la abuela de la joven, la niña había comenzado con dolores e incluso a la abuela le extrañó que desde febrero ella no había vuelto a tener su período. Según las fechas y los estudios realizados en base a la gestación del embarazo todo hace suponer que el presunto abuso se habría originado en dicho mes.
Agravantes
A la hora de solicitar la prisión preventiva, la fiscal reconoce los riesgos procesales de que el imputado permanezca en libertad entendiendo que su rol como agente de seguridad, conocimiento de la ley y de los procesos judiciales, podrían entorpecer y obstruir la causa, e incluso el riesgo de fuga debido a la complicada situación que enfrenta.
Además de todo esto, la fiscal dio cuenta de situaciones que extrañaron el proceder del acusado como por ejemplo lo sucedido durante el día 13 de junio cuando los miembros masculinos de la familia, tanto el padre, el abuelo y el imputado, fueron requeridos para extracción de sangre a donde C. L. no se presentó e incluso procuró que otra persona se presente a su nombre debido al parecido físico y así tratar de manipular la extracción.
Un tutorial
En ese intento por desviar el proceso, el acusado le solicitó a un compañero de trabajo de la GUS, que se presente en la fiscalía con su nombre y lleve adelante la extracción de sangre.
Según pudo demostrar la fiscal, el sujeto incluso le compartió un video instructivo de cómo falsificar su firma y le proporcionó datos personales, como número de documento, domicilio, entre otros más. Incluso, hasta le ofreció una importante suma de dinero por "el favor", además de traerlo y llevarlo nuevamente hasta la localidad de Sunchales.
En el transcurso de la audiencia el acusado tomó la palabra y admitió que intentó llevar adelante esta práctica por miedo, todo esto aconsejado por un abogado defensor, que no sería quien lo representa actualmente. Allí C.L hizo mención a sus años sin antecedentes penales, su buen comportamiento de trabajo y negó rotundamente el hecho reconociendo que incluso está dispuesto a realizarse nuevamente la extracción de sangre.
"Una tremenda trama"
Así lo calificó la jueza Cristina Fortunato al hacer uso de la palabra antes de dictar sentencia y habiendo escuchado los distintos alegatos de las partes, reconoció que todo lo detallado por la Fiscal e incluso confirmada por el propio imputado, "me sorprende", y agregó que en su basta carrera como magistrada ha tenido numerosas diligencias de ADN probatorios de imputados, pero que "nunca me pasó de que ante el miedo" se perpetre semejante plan para evitar un requerimiento de la Justicia.
"Las personas que no tenemos nada que ocultar hacemos las diligencias que debemos hacer, jamás se nos ocurriría a los simples ciudadanos, decirle a un compañero y explicarle como firmar, que lo lleva y que lo trae, únicamente para desviar y por supuesto obstaculizar la información y la evidencia que se está investigando" expresó.
Para Fortunato, tan solo ese dato del video y el pedido al compañero para que se haga pasar por él ya le basta como probabilidad de entorpecimiento probatorio. En esta misma línea la jueza dio precisiones sobre los parámetros para poder analizar esta cuestión, y explicó que aquí no solo entra en juego la perspectiva de género, ya que se está hablando de una niña mujer, sino que también contemplará la perspectiva de niño y de víctima, ya que "no es más que una víctima a quien yo debo garantizar un proceso que vele por sus derechos".
Como si esto no fuese todo, la magistrada, fervientemente reconoció que es "insólito escuchar de que la niña tiene la culpa, de que ella fue la autora, de que 'la niña fue la que me obligó a este acto'. Nada más aberrante para mis oídos que culpar a una niña de semejante conducta, esa perspectiva de género la debo tener". Cabe destacar que esta aclaración de la magistrada surge tras una de las pruebas presentadas por la fiscal, donde el acusado está hablando con una compañera, audio que fue presentado en la audiencia, y reconoce que él había llegado de trabajar cansado, se acostó a dormir y allí es cuando insinúa que la niña aparentemente había abusado de él.
Entonces bajo estas perspectivas y las evidencias que presentó la fiscalía, la jueza entiende que son más que suficiente para que se acreditan los tres incisos antes mencionados.
Por todo lo relatado, la Dra. Cristina Fortunato dispuso la prisión preventiva por el tiempo de ley, al señor C.E.M.L.. Así mismo determinó como medida provisoria que la custodia de la menor de edad pase a manos de la abuela paterna hasta la inmediata intervención del Juzgado de Familia.

Autor: 296897|
tribunales de rafaela abuso sexual Justicia GUS

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web