En horas del mediodía de este lunes se desarrolló en la sala Nº 1 del Edificio de Tribunales bajo la presidencia de la Jueza de la Investigación Penal Preparatoria, Dra. Cristina Fortunato, una audiencia de medidas cautelares solicitada el día domingo por la Fiscal Lorena Korakis contra el empresario chacaritero Cristian Javier Costamagna, representado legalmente en esta instancia por el abogado particular Dr. Carlos Farías Demaldé.
En primer lugar la representante del MPA reiteró la calificación legal escogida para el encartado siendo la de encubrimiento agravado por repectación dolosa de bienes con ánimo de lucro, recordando que el pasado jueves en horas de la noche se desarrolló un operativo en una chacarita ubicada en calle Paraná entre Luis Maggi y Magdalena de Lorenzi donde se detuvo la marcha de un camión con acoplado que había terminado de completar una carga de metales desde una chacarita que no solo no cuenta con habilitación municipal sino que en su momento había sido clausurada. Agregó Korakis que al día siguiente (el viernes) se realizó un nuevo allanamiento en la chacarita donde se incautaron rollos de cables nuevos que estaban embolsados y etiquetados pertenecientes a la empresa Telecom y que fueron reconocidos por un directivo de la empresa quien señaló que se trataba de cables que evidentemente provenían de un hecho ilícito ya que Telecom no comercializa ese tipo de elementos sino otros más finos que cumplieron su vida útil. Dijo también la fiscal que un representante del Área de Electrotecnia de la Municipalidad de Rafaela reconoció entre los cables hallados unos tres metros de preensamblado que pertenecen al alumbrado público de nuestra ciudad y que no se utilizan en conexiones de domicilios particulares.
En el camión retenido, según la fiscal, había 51 bolsas de gran tamaño que contenían material de aluminio que era transportado con un remito como única documentación con destino a una empresa de la ciudad de Montecristo en la provincia de Córdoba. En medio de esa carga los investigadores hallaron cables quemados y cobre por lo que se ordenó la detención tanto del propietario de la chacarita, el imputado Costamagna y el chofer del camión que el día viernes recuperó la libertad aunque por el momento sigue ligado a la causa.
También indicó que había cables que fueron reconocidos por el encargado de un criadero de cerdos ubicado en la localidad de Bella Italia que hace poco tiempo se quemó en su totalidad.
Tras su larga exposición finalmente Korakis manifestó que entendía se cumplimentaban todos los requisitos del Art. 220 del Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe solicitando la prisión preventiva sin plazos del encartado.
La defensa
Por su parte el defensor de Costamagna, el Dr. Carlos Farías Demaldé, señaló que a diferencia de lo que indicó la fiscal, su defendido sí tiene habilitación municipal para realizar las tareas que lleva adelante y que la misma está vigente desde el 10 de junio de 2000. Indicó también que aunque la Dra. Korakis señaló que la chacarita fue clausurada en el año 2022, la Municipalidad de Rafaela le efectuó ventas recibiendo las facturas correspondientes con fechas 15 de mayo de 2023; 1 de junio de 2023 y 10 de noviembre del mismo año, sólo por mencionar algunas. Y se preguntó: ¿Si un lugar no cuenta con la habilitación municipal correspondiente, cómo es posible que el propio municipio realice ventas en ese comercio. "Mi defendido paga todos los impuestos, incluído el de Registro e Inspección que cobra la Municipalidad y está inscripto en la AFIP y en API. Farías Demaldé mencionó que la carga incautada de latas de cerveza y gaseosa (aluminio) fueron compradas por su cliente y luego vendidas -con las facturas respectivas- a una empresa de la provincia de Córdoba.
Agregó más adelante que durante el segundo allanamiento efectuado el viernes de la semana pasada, los actuantes secuestraron bolsas con cables que pertenecen a una causa anterior del año 2021 que está investigando el MPA con la fiscal Fabiana Bertero y que fueron dejadas en el lugar designando a Costamagna como depositario judicial, por lo que secuestraron una mercadería que ya estaba incautada.
Finalmente solicitó -entendiendo que no se cumplimentaban ninguno de los requisitos del Art. 220, la libertad de su defendido bajo el cumplimiento de medidas alternativas y en caso de ser necesario el pago de una fianza de cinco millones de pesos.
Decisión de la Jueza
Tras escuchar a las partes y argumentando durante el final de la audiencia, la magistrada interviniente decretó una prisión preventiva por el término de sesenta días mientras ambas partes profundizan la investigación, señalando que más allá que pueda tratarse de un delito excarcelable, entendía que había elementos tales como los rollos de cable de Telecom y el preensamblado del alumbrado público del municipio sobre los que la defensa no había podido dar respuestas por lo que podría presumirse que se sabía que provenían de algún hecho ilícito.