Se trata de Santos Tomás Guadalupe Aguiar de 50 años. La pena fue impuesta por unanimidad por los jueces Héctor Gabriel Candioti, Nicolás Falkenberg y Gustavo Urdiales en el marco de un juicio oral que se realizó en la ciudad de Santa Fe. La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual.
Un hombre de 50 años identificado como Santos Tomás Guadalupe Aguiar fue condenado a 18 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija -menor de edad- de una mujer que era su pareja en Santo Tomé (departamento La Capital). La sentencia fue dispuesta por unanimidad por los jueces Héctor Gabriel Candioti, Nicolás Falkenberg y Gustavo Urdiales, en el marco de un juicio oral que tuvo lugar en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. Por su parte, la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 1 investigó lo sucedido y representó al MPA en el debate.
Abusos
La Fiscalía planteó que los hechos ilícitos ocurrieron entre 2011 y 2020 y precisó que la víctima cursaba los primeros años de la escuela primaria cuando comenzó a ser abusada por el condenado.
De acuerdo con lo que quedó probado en el juicio, Aguiar vulneró la integridad sexual de la niña en numerosas oportunidades en la vivienda en la que ambos residían junto a otros integrantes del grupo familiar.
El MPA aseguró durante el debate que la conducta ilegal tuvo como marco un estado de permanente violencia que el condenado ejercía en contra de las personas con las que convivía. Al respecto, puntualizó que el hombre solía amenazar de muerte a la víctima para que no hablara con otras personas sobre sus padecimientos.
Dadas las características, la modalidad y la frecuencia de los abusos, la Fiscalía remarcó que tuvieron entidad suficiente para adelantar el libre y progresivo desarrollo de la sexualidad de la niña.
Delitos
Aguiar fue condenado por unanimidad como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal; abuso sexual gravemente ultrajante y de promoción a la corrupción de menores. Los tres delitos fueron calificados por la convivencia.
Por otro lado, fue absuelto por mayoría en relación a la tenencia de un arma de fuego de guerra por la que también había sido acusado.