Estas actuaciones se habían iniciado el 24 de abril de 2013 a raíz de un procedimiento de control efectuado por personal de la Brigada Operativa Departamental V de la Policía de la Provincia de Santa Fe, en la Ruta Nacional 34 a la altura del acceso a la localidad de Angélica, en el que los actuantes detuvieron la marcha de un automóvil Chrysler Neón Highline en el que se conducían los acusados.
En la ocasión, al entrevistarse los uniformados con el conductor del vehículo advierten un estado de nerviosismo de todos sus ocupantes por lo que se los invitó a descender, momento en que Sergio Fabián S., manifestó que portaba unos capuchones con cocaína para su consumo”. Ante ello, y en presencia de
los testigos de actuación se procedió al secuestro de 1,6 gramos de cocaína fraccionada en cuatro (4) tubos eppendorf, 320,04 gramos de marihuana distribuida en dos (2) bolsas de nylon con dos (2) trozos compactos y dos (2) teléfonos celulares, y a la detención de los nombrados.
Recibidas en el Juzgado Federal Nº 1 de Santa Fe, se les recibió declaración indagatoria a los detenidos, disponiéndose en fecha 25/04/2013 su excarcelación. Tras haber sido procesados y requeridos a juicio por el delito de transporte de estupefacientes, se ordenó la clausura de la instrucción.
Radicada la causa en Tribunal Oral Federal, se citó a las partes a juicio y se proveyeron las pruebas
ofrecidas, fijándose fecha de audiencia de debate para el día 1º de diciembre del corriente año. Previa realización de la misma, el fiscal general presentó el acta correspondiente al acuerdo de juicio abreviado celebrado con los imputados, solicitando que se imprima a la causa el trámite previsto en el art. 431 bis del CPPN (fs. 289/290). Consecuentemente se llevó a cabo la audiencia en la que se tomó conocimiento de los encausados asistidos por los defensores Darío Schurrer; Pablo Vacani y Federico Scarinci.
Resolución
Finalmente y cumplimentados todos los rquisitos legales el magistrado interviniente resolvió:
1) Aceptar la solicitud de trámite abreviado.
2) Absolver de culpa y cargo a Julio Alberto Z.; Sergio Fabián S.; y Raúl Alberto M.
3) Disponer la destrucción del estupefaciente secuestrado en acto público cuya fecha de realización será oportunamente establecida.
4) Devolver los dos teléfonos celulares secuestrados que no guardan interes para la causa.