Sucesos

Abreviado: condenaron a la madre y a la hermana de "Yiyo" Ramallo

Crédito: D. Camusso

Durante la realización de un juicio de procedimiento abreviado logrado por las partes, la Dra. Fabiana Bertero en representación del MPA y el Dr. Juan Manuel Lovaiza como abogado defensor, la jueza Cristina Fortunato homologó el acuerdo mediante el cuál se condenó a tres años de prisión de cumplimiento efectivo a Evangelina Flores y Natalí Aldana Ramallo, madre y hermana de Evelio Horacio Ramallo, alias "Yiyo". Además, las condenadas deberán cumplimentar un resarcimiento económico fijado en $ 750.000 cada una, dinero que será destinado a la Asociación Bomberos Voluntarios de Rafaela. Ambas están sindicadas como integrantes en carácter de miembros de una asociación ilícita que lideraba Evelio Ramallo.
Los hechos
La Fiscal atribuyó a Evelio Horacio Ramallo, Natalí Aldana Ramallo, Evangelina Juana Flores y otras personas de haber tomado parte en una asociación ilícita que tuvo como objeto la comisión de hechos violentos en el ámbito territorial de la ciudad de Rafaela de la provincia de Santa Fe, todo ello en forma habitual y continua en el período temporal comprendido entre el 11/08/21 hasta el 27/02/2022 (fecha de los allanamientos).
Para lograr el funcionamiento ordenado de todos sus recursos y perseguir sus objetivos criminales, el grupo de personas antes mencionado asumió, con plena representación de las características de la actividad que desarrollarían, distintos roles con variables niveles de responsabilidad, realizando cada uno los aportes y acciones, en forma grupal o individual, necesarios para que la asociación ilícita pueda mantenerse en el tiempo; con alternancias temporales en las que se verificó mayor o menor actividad, pero que no interrumpieron la permanencia de la asociación. Dentro de este esquema, Evelío Horacio Ramallo, quien se encontraba alojado primero en la Unidad Penitenciaria Nº 11 de Piñero del Servicio Penitenciario de la provincia de Santa Fe y luego en la Unidad Penitenciaria Nº 7 -Prisión Regional del Norte- del Servicio Penitenciario Federal, ocupó el rol de jefe de la asociación, teniendo plena autoridad de decisión y acción, disponiendo en relación a la disposición de los bienes materiales de la asociación, determinando las víctimas de los hechos violentos conforme a los objetivos perseguidos por la asociación, estableciendo los medios y la metodología para llevar a cabo los hechos y llevando adelante una tarea de supervisión constante sobre el rol de sus subalternos.
Por su parte, Natali Aldana Ramallo, hermana de Evelio Horacio, ocupó el rol de miembro, actuando como intermediaria entre los proveedores de recursos materiales para la organización y los estamentos inferiores, recibiendo dinero producto de la actividad de la asociación y adquiriendo bienes para su funcionamiento; Evangelina Juana Flores, madre de Evelio Horacio Ramallo, ocupó el rol de miembro, actuando como una de las administradoras del dinero producido por la asociación y como nexo directo con Evelio Horacio Ramallo y el resto de los miembros organizadores.
En mérito a la tipicidad de los hechos acordada por las partes se ha escogido la figura penal de Asociación Ilícita en calidad de miembros y en carácter de coautoras.
Pena
Luego del cotejo de las circunstancias particulares del caso con las pautas establecidas en los arts. 40 y 41 del Código Penal de Argentina nos permitimos concluir que la pena acordada entre las partes, de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, resulta justa y equitativa.
Reparación económica
Las acusadas Evangelina Flores y Natalí Aldana Ramallo a fin de hacerse cargo de la reparación del daño causado abonarán, dentro de un plazo prudencial, la suma total de $ 1.500.000 a la Asociación Bomberos Voluntarios de Rafaela.

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