En su momento en Diario CASTELLANOS, dábamos a conocer a manera de anticipo, que un grupo de exempleados de la firma Grupo Spaggiari, habían aceptado la propuesta efectuada por el fiscal Guillermo Nicolás Loyola y los abogados que representan a damnificados querellantes, en la causa que investiga una millonaria estafa perpetrada en perjuicio de más de quinientas cincuenta personas, y acordaron firmar procedimientos abreviados antes que llegar al juicio oral y público que comenzará el venidero 8 de octubre.
En ese momento, el documento había sido firmado por los siguientes exempleados del denominado Grupo Spaggiari; Myrian Marcela Bravo (asistida legalmente por el Dr. Andrés Colón y el Dr. José Silvela), Carlos Andrés Ciancia asistido legalmente por el Ministerio Público de la Defensa (asumiendo dicha tarea la Dra. Georgina Allasia), Cristian Ezequiel Clemenz asistido legalmente por el Ministerio Público de la Defensa (asumiendo dicha tarea la Dra. Georgina Allasia), Cristian Marcelo Franzetti asistido legalmente por el Ministerio Público de la Defensa (asumiendo dicha tarea la Dra. Georgina Allasia), Germán Darío Garetto asistido legalmente por el Ministerio Público de la Defensa (asumiendo dicha tarea la Dra. Victoria Romano) y Gabriel Lorenzo Ulman asistido legalmente por el Ministerio Público de la Defensa (asumiendo dicha tarea la Dra. Victoria Romano).
Al momento de elevar la causa a juicio, el fiscal Loyola les atribuyó haber conformado y tomado parte de una asociación ilícita que tuvo como objeto ejecutar maniobras defraudatorias en perjuicio de la mayor cantidad posible de personas, en el período comprendido aproximadamente entre el 28 de noviembre de 2019 y el 13 de diciembre de 2022. Tales maniobras fueron realizadas por las personas imputadas, actuando todas ellas con plena representación de las características de las actividades defraudatorias que desarrollaron, asumiendo distintos roles y efectuando cada una los aportes y acciones necesarios para que la asociación ilícita pueda mantenerse en el tiempo, de acuerdo a los planes y fines criminales perseguidos. Las actividades que la asociación ilícita efectivamente llevó adelante en forma reiterada, esencialmente en la ciudad de Rafaela (utilizando como plataforma la empresa GRUPO SPAGGIARI S.R.L., de la que Fernando Luis Spaggiari y Matías Germán Spaggiari son los únicos socios y administradores), consistieron en ofrecer a la mayor cantidad de personas posibles la suscripción de uno o más convenios privados, recurriendo para ello a la publicidad por distintos medios y el “boca a boca”, folletería, relaciones sociales, contactos por distintas vías a través de sus miembros y –por sobre todo– se aprovecharon de la fachada que les otorgaban los negocios inmobiliarios desarrollados por GRUPO SPAGGIARI S.R.L. En dichos convenios, que no reflejaban la realidad económica del negocio y que sólo en las apariencias se les otorgaba la estructura y formalidad de contratos de mutuo dinerario, las víctimas se obligaban a entregar distintas sumas de dinero en efectivo (en moneda nacional, en dólares estadounidenses o euros) en favor de la asociación ilícita –que captaba de esa forma los capitales y/o ahorros de los particulares–.
Por ello el fiscal Loyola había solicitado distintas penas en virtud de considerar las situaciones agravantes y atenuantes que entendió aplicables debido a los criterios objetivos y subjetivos establecidos en los arts. 40 y 41 del C.P. También solicitó la pena de multa por noventa mil pesos ($90.000) para cada uno de los imputados.
Si bien desde Diario CASTELLANOS se conoce cuáles serán las condenas a aplicar a cada uno de ellos, por una cuestión de ética periodística -como lo hacemos habitualmente- aguardaremos la realización de dicha audiencia para dar a conocer los términos del acuerdo fijado por Fiscalía, abogados de la parte querellante y defensores de los imputados.



