En horas de la mañana de este jueves, bajo la presidencia del Juez de Segunda Instancia, Matías Drivet, se desarrolló una audiencia de revisión de prisión preventiva solicitada oportunamente por los abogados defensores de E.N.T, los doctores Germán Verna y Carlos Farías Demaldé. El sujeto, de 58 años de edad, está privado de la libertad tras entregarse ante personal de la Policía de Investigaciones de Rafaela, luego de permanecer varios días prófugo. Luego de ello fue llevado a audiencias imputativa y de medidas cautelares en las que el Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Bottero, le decretara la prisión preventiva. Luego, en junio pasado, la representantes legales de E.N.T. habían solicitado la morigeración de aquella medida por la del arresto domiciliario, argumentando que el sujeto -que padece una deficiencia física desde hace mucho tiempo- no podía ser atendido como correspondía por el Servicio Penitenciario Provincial. No obstante en ese momento el Juez Bottero mantuvo su postura y ahora, prácticamente con la misma argumentación, los defensores fueron a la Segunda Instancia señalando que el encartado había mostrado un deterioro importante en su estado de salud; agregando que sufrió un infarto durante su detención, además de un agravamiento en su cuadro de diabetes por lo cuál necesita atención constante.
En tanto a su turno la fiscal, Dra. Brenda Baños, requirió al magistrado Drivet que mantuviera la decisión adoptada en su momento por el Juez Bottero y para sostener esa solicitud hizo referencia a informes proporcionados por el Servicio Penitenciario Provincial desde dónde indicaron que ellos están perfectamente en condiciones de atender las patologías mencionadas. Baños también hizo referencia al tiempo que el acusado permaneció prófugo indicando también que posee una situación financiera que le permitiría sustraerse nuevamente al accionar de la justicia.
Finalmente y tras escuchar a las partes el Juez Drivet indicó que no está discutida la participación del acusado en el hecho por lo que la pena en expectativa que efectivamente pudiera corresponderle será indefectiblemente de cumplimiento efectivo lo que aumenta sí el riesgo de fuga. Por ello decidió no hacer lugar a lo requerido por los defensores, manteniendo lo dispuesto oportunamente por el Juez de la Investigación Penal Prepartoria.



