Con el inicio del ciclo lectivo en marzo, muchos docentes santafesinos vuelven a hacerse la misma pregunta: ¿cuándo me voy a poder jubilar? La nueva ley previsional de la provincia, que ya lleva un año de vigencia, sigue generando dudas y obliga a recalcular planes.
Para conocer en detalle las novedades, Diario CASTELLANOS dialogó con la abogada Marisol Escandell, quien explicó cómo funciona el esquema actual y cuáles son los puntos que más inquietud generan.
La nueva normativa establece dos regímenes dentro del sector docente: el régimen docente puro y el régimen docente proporcional.
“El régimen docente puro es para varones y mujeres a los 57 años de edad, con 30 años de servicio. Con 30 años se jubilan con el 76%, y con 33 años, con el 82%”, explicó Escandell. En este grupo ingresan los maestros de grado de primaria, los profesores con más de 30 horas cátedra en los últimos diez años y los directivos.
En cambio, el régimen proporcional eleva la edad jubilatoria a 60 años, manteniendo los mismos porcentajes según años de servicio. Allí quedan comprendidos los docentes que no encuadran en el régimen puro, como profesores con menos de 30 horas, bibliotecarios, secretarios, preceptores y quienes se desempeñan en tarea pasiva.
“Tenemos dos grupos dentro del mismo sector, y mucha gente todavía no tiene claro dónde entra”, señaló la abogada.
El cómputo, un beneficio que se mantiene
Uno de los aspectos más consultados es el llamado “cómputo”, un beneficio exclusivo del sector docente. “El cómputo es un privilegio que tienen los docentes. No lo tiene el resto de los empleados provinciales”, remarcó Escandell.
Este mecanismo permite que, cada cinco años de servicio frente al grado, el docente pueda “comprar” un año de edad y un año de aportes para anticipar su jubilación. Sin embargo, no todos pueden acceder: solo corresponde a quienes están frente al grado, a profesores con más de 30 horas en los últimos diez años y a directivos.
A cambio, el docente debe abonar ese beneficio con un descuento del 10% de su haber jubilatorio. “Es una herramienta para jubilarse un poco antes, pero hay que pagarlo”, aclaró.
Uno de los cambios que más afectó al sector fue la eliminación del denominado “dos por uno”, que permitía reducir la edad jubilatoria cuando existía exceso de aportes.
“Lo que no existe más es el dos por uno. Aunque tenga exceso de aportes, tengo que tener los 57 años cumplidos”, explicó la letrada.
Esto implicó que muchos docentes que ya tenían una fecha prevista para su retiro vieran postergada su jubilación entre dos y cinco años. “Hay un universo enorme de docentes que tenían marcada la fecha de llegada y la ven corrida hacia adelante. Eso genera desazón y hay que adaptarse nuevamente”, sostuvo.
Trámites administrativos
A los requisitos de edad y años de servicio se suma la demora administrativa. Según explicó Escandell, los trámites jubilatorios provinciales demoran entre seis y nueve meses. “Son muchos estamentos los que intervienen en una carpeta provincial. Por eso, a la edad hay que sumarle ese tiempo de trámite”, indicó.
El régimen jubilatorio también se vincula con la discusión salarial. Las jubilaciones provinciales están atadas a los acuerdos paritarios, en un escenario donde existen reclamos sindicales por los montos que perciben los docentes en actividad.
“Muchos consideran que el sueldo no es el óptimo, y eso también influye en cómo miran su futura jubilación”, señaló.
Según Escandell, aumentaron las consultas de docentes que buscan conocer su situación concreta. “Estamos evaluando muchas carpetas de gente que viene a consultar cuál es su realidad”, afirmó.
La nueva ley modificó expectativas y plazos. Y en un sector clave para la formación de niños y jóvenes, la planificación del retiro se convirtió en un tema central que aún genera incertidumbre.



